ESCAVIAS, UN LINAJE GIENNENSE,
SIGLOS XV A XVII
El descubrimiento del testamento de Pedro de Escavias
(1485) y de un codicilo de 1488 por Rosalía Calzado, que he publicado en 2023 en
colaboración con la Asociación Amigos del Patrimonio de Andújar, ha cambiado
radicalmente la visión de ese personaje y de su descendencia que compartían los
historiadores, entre los que me incluyo, hasta una fecha reciente. La
documentación muy incompleta no permitía enmendar los errores de los
genealogistas de los siglos XVII y XVIII. La lectura del testamento nos
convenció de que, por fin, disponíamos de una base, ciertamente parcial, pero
irrebatible en cuanto a la exactitud de las informaciones que contenía. Entre
los principales beneficios aportados, citaré la inexistencia de un primer
matrimonio de Pedro de Escavias y de la supuesta descendencia correspondiente,
así como la exacta identificación de sus hermanos, hijos y nietos.
Mientras esperaba que saliera a la imprenta mi
edición del Reportorio de
Príncipes de España, esta base me animó a ampliar mis investigaciones sobre
el linaje, en tres direcciones distintas, aunque complementarias: retomar la
documentación a la luz de los datos nuevamente recogidos; completarla con el
mismo objetivo; esbozar el cuadro ideológico desde el que los descendientes de
los siglos XVII y XVIII reivindicaron su pertenencia al linaje Escabias. Para
la segunda, he sido enteramente tributario de mi amiga Rosalía Calzado, que ha
tenido la gentileza de comunicarme el fruto de sus andanzas por los archivos
españoles, dando así alimento a mi insaciable apetito por fuentes inéditas y
compensando mis propias lagunas documentales. Ni qué decir tiene que me inició
también a ciertas realidades andaluzas que desconocía, geográficas,
patrimoniales, ecológicas y nobiliarias, entre otras.
La aportación más reciente debida a Rosalía y
a don Manuel Rodrigo Figueroa consiste en una probanza redactada en 1671 por
iniciativa de un miembro eminente del linaje Quero de la Vega, en el que se
incorporaron, desde principios del siglo XVI, miembros del de Escavias. Es un volumen
excepcional, que propone una reconstrucción del árbol de esa familia e inserta ciertas
piezas de su documentación, algunas inéditas.
Para la claridad de la exposición, aun a
riesgo de ciertas repeticiones cuando una fuente interesa a dos de ellos, he
reservado un capítulo a cada uno de los tres hijos de Pedro de Escavias y
Teresa Contreras: Francisco, Catalina y María. Al inicio de cada uno de esos
capítulos, comento la documentación que se relaciona con él, y voy completando
su aportación con fuentes secundarias que iré señalando a medida.
La carta de hidalguía de 1592 y la Probanza de 1671 son objeto de un estudio
específico, aquel dentro del capítulo de los hijos de Catalina (III), este dentro
del de María (IV). Para la descendencia de Francisco, recurro también a la Probanza
cuya información completa en parte la que poseíamos en unos párrafos finales
del capítulo IV.
I. Descendencia de Pedro de Escavias y Teresa
Contreras
Fuentes
– Escavias, Pedro de, Testamento
(1485) y Codicilo (1488). Archivo Histórico Provincial de Zaragoza (AHPZ),
Casa ducal Híjar-Aranda: ES/AHPZ – P/3-6-19 y ES/AHPZ – P/CARP 000576/0001.
– Escavias, Pedro de, Testamento
(1485) y Codicilo (1488). Transcripción y edición comentada por Michel
Garcia. Jaén, Instituto de Estudios Giennenses, 2023.
– Enplazamiento e pedimiento
de Pedro dEscavias contra el conçejo de la çibdad de Baeça sobre su fidalguia (1511),
Granada, Archivo de la Real
Chancilleria, sala 301, 2/43.
– Emplazamiento por nueva
demanda a pedimiento de Francisco dEscabias y su hermano vecinos de la villa de
Arjonilla, Granada, Archivo de la Real Chancilleria, sala 304, 587/54.
– Garcia, Michel,
* Repertorio de Príncipes de España y obra poética
del alcaide Pedro de Escavias. Jaén: Instituto de Estudios
Giennenses del C.S.I.C., 1972. CXIV + 490p.
* “Una carta inédita del Condestable Migue1 Lucas de
Iranzo.” Boletín del Instituto de Estudios Giennenses, año XIII, n° 53,
enero de 1972, p. 15-20.
* “Otros documentos inéditos sobre Pedro de Escavias :
1477-1480.” Boletin del Instituto de Estudios Giennenses, Año XXVIII,
núm. 112, octubre-diciembre de 1982, p. 19-60.
– Salazar, Blas de, Árbol
histórico el Antigüedad e Nobleza del linaje de los caballeros del Renombre y
Apellido de Escabias, Granada, 1633.
– Toral Peñaranda, Enrique,
*Pedro de Escavias
(Notas para un estudio de su obra y vida en Andújar). Jaén, Instituto de Estudios
giennenses, 1993.
*Andújar en el siglo
quince, Alcalá la Real, MMIX.
Árbol de la
descendencia conforme al testamento (1485) y al codicilo (1488)
Juan González Priego de Escavias (†) = Leonor
González (†)
_____________________________________________________________________
| | | |
Catalina Rodríguez
(†) Beatriz González (†) Pedro de Escavias Alonso de Escavias
(†)
= Pedro de Quiros (†) =
Juan Pérez = Teresa Contreras = Mencía de
Contreras
de
Valenzuela | | | Francisco
de Escavias (†)
_______________________________________|______________________________
| | | |
María (†) Catalina Francisco Guiomar
(†)
= Diego Mexía (†) | =
Leonor de Mendoza de Contreras
| =
Fernán = Pedro Sánchez
| Lucas
(†) de Carvajal
| |
| Pedro
Lucas
______________________________________________________________________
| | | | | | |
Francisco Teresa Catalina María Isabel Ana Leonor
Mexía Mexía
(†) de Escavias Contreras Mexía Mexía Carrillo
= Luis
de Nicuesa = (religiosa) (religiosa) (religiosa)
| Pedro
Cañete
Pedro
de Escavias
NB. Me limito a indicar a las personas
apuntadas en los dos documentos; en cursiva, a título de hipótesis, las que
recoge la literatura genealógica posterior.
El testamento dictado en 1485 por Pedro
de Escavias y el codicilo de 1488 proporcionan el estado exacto de su
descendencia por aquellos años. Es el documento que con más seguridad se puede
manejar porque no cabe la menor duda sobre la exacta identificación de las
personas a las que designa. Una escritura dictada a una escribano público y
refrendada in articulo mortis por su autor no puede ser sino verdadera.
Desgraciadamente, la información que ofrece presenta graves lagunas, siendo la
mayor, en el capítulo económico que es el que más espacio ocupa en esa clase de
documentos, que no se mencione a las personas no concernidas personalmente por
las mandas del testador. Así, no dice si Francisco, hijo mayor, que por ese
motivo recibió la mejor parte de la herencia de sus padres, tenía entonces
descendencia. En cambio, enumera a todos lo hijos de María, porque esta había
fallecido antes de la redacción del testamento y que su herencia se repartía
entre ellos. Por otra parte, si nos informa de que la segunda hija, Catalina,
tenía un hijo, Pedro Lucas, era porque el padre de este había muerto, pero el
testamento no nos sirve para saber si tuvo alguna descendencia de su segundo
marido, Pedro Sánchez de Carvajal, porque este seguía en vida entonces. Por lo
tanto, es indispensable recurrir a otras fuentes documentales, desgraciadamente
solo complementarias y muy parcelarias, para completar nuestra información.
II. Hijos de
Francisco de Escavias y Leonor de Mendoza
Los dos Pedro de Escavias
El matrimonio de Francisco de Escavias, único
hijo varón del alcaide de Andújar Pedro de Escavias, y de su esposa Leonor de
Mendoza, tuvo por lo menos un hijo, llamado Pedro como su abuelo. Lo confirma
una carta de perdón que le dirige la reina Isabel en julio de 1498: “Por quanto por parte de vos Pedro dEscabias, hijo del acalde mayor
Françisco dEscabyas, vezyno de la çibdad de Andujar […]”. Es una noticia
aislada pero indiscutible. Por esa carta nos enteramos de que el joven Pedro
fue paje del Príncipe Juan y vivía en la casa de Gutierre de Cárdenas,
comendador mayor de León y contador mayor del reino además de otros cargos
importantes.
No sabemos qué fue de él durante su exilio de la corte (1494-1498),
pero vuelve a parecer, unos años más tarde (1502), en un documento transcrito
parcialmente por Enrique Toral Peñaranda (Pedro de Escavias, 1993, p.
50-51) junto con su padre y de su tío, Pedro Sánchez de Carvajal. Estos le dan
un poder para cobrar en su nombre los 10.000 maravedís que les son concedidos
por una cédula real. En el recibo del poder, que firma el 19 de julio de 1502,
se identifica como “Yo Pedro
dEscavias, fijo de Francisco dEscavias” y afirma residir
en Toledo, lo que deja suponer que había recobrado la protección del ministro
después del perdón real.
Del año 1511 se conserva una real provisión en
la que se registra una demanda presentada por cierto Pedro de Escavias en la
que denuncia al concejo de Baeza por negarle la calidad de hidalgo y
empadronarlo como pechero. Grande es la tentación de identificar a ese
personaje con el nieto del alcaide, dadas las proximidades de las fechas de los
dos documentos. Sin embargo, quedan algunas incógnitas que deben tomarse en
cuenta si se adopta esa hipótesis, siendo la principal que la negativa
proviniera de la ciudad de Baeza donde no consta que viviera ni tuviera
hacienda el nieto del alcaide.
Puede que la solución se encuentre también en
la descendencia de María, hermana de Francisco, cuya hija Teresa tuvo un hijo
también llamado Pedro de Escavia, cuya existencia ha sido revelada por una nota
marginal colocada in extremis por el testador en el codicilo de 1488, en
la que lo suma a sus tíos, hijos de María y Diego Messia: “e el dicho Pedro
dEscauias, mi viznieto, fijo de la dicha Theresa Mexia, fija de la dicha doña
Maria, mi fija…”]. Esa intervención tardía, de la mano del alcaide, indica que
la muerte de su nieta Teresa es muy reciente, quizás a consecuencia del parto,
lo que situaría el nacimiento del niño en 1488. Se deduce que, en 1511, este
Pedro de Escavias tendría unos 23 años, edad propicia para casarse y solicitar una
carta de hidalguía. Por otra parte, una gestión de esta clase resultaría muy
tardía para el mayor de los dos Pedros, además de poco congruente con la
posición que había ocupado en la corte hasta una fecha relativamente reciente
(1502)
Por fin, el hijo de Francisco de Escavias, que
se sepa, nunca vivió en Baeza y debió residir en los últimos años de su vida en
Andújar.
Como se verá, el Árbol histórico
compuesto por Blas de Salazar en 1633 y la Probanza de 1671 se presta a
un cotejo útil con esa documentación primeriza.
La hija de Francisco y Leonor
Pegada al codicilo de 1488, se conserva una
papeleta que sugiere que el matrimonio tuvo una hija:
Año de 1505.
Renuncia del oficio / de la Escribania / del
Ayuntamiento de / Anduxar hecha / por Francco de / Escabias hermano
/ de Dña Catalina de / Escabias hijo de Pedro / de Escabias / en
Luis de Ni-/-quesa su yerno.
Los datos contenidos en esa papeleta son
exactos, tanto la identificación de las personas, su relación de parentesco
como la naturaleza del cargo. La fecha de la renuncia es también verosímil,
habida cuenta de que el hijo del alcaide nació en torno a 1450 o algo antes.
Ello obliga a considerar como exacta también la designación de Luis de Nicuesa
como yerno de Francisco de Escavias.
Sin embargo, quedan algunas incógnitas que
afectan la autenticidad del auto referido. Es muy dudoso que Francisco
renunciara el cargo a favor de un yerno y no de su hijo, Pedro de Escavias, del
que consta que vivía entonces. Tampoco se entiende por qué Francisco es
identificado como hermano de Catalina, que no tiene nada que ver con el cargo
de escribano de Andújar, antes mismo de serlo como hijo del alcaide. Es como si
el documento emanara del archivo de Catalina y no del de Francisco. Esas dudas
no podrán resolverse mientras no se conozca cuál fue el destino del hijo de
Francisco después de 1502. Si resulta que murió entre 1502 y 1505 sin dejar
hijo varón, entonces la decisión de renunciar el cargo a favor del yerno sería
comprensible.
Francisco y Leonardo de Escavias
Años más tarde, en 1561, una real provisión
fue solicitada por dos hermanos, Francisco y Leonardo de Escavias, vecinos de
Arjonilla, contra el concejo de la villa que pretendía negarles la calidad de
“honbres hijos dalgo notorios de padre y agüelo y se solar conosçido e devengar
en nuestros sueldos según fuero dEspaña […]”, según la fórmula habitual en esa
clase de demandas.
En la descendencia directa de Francisco de
Escavias, hijo del alcaide, que establece Blas de Salazar, se incluye a esos
dos personajes, aunque no en el lugar que les destina el documento oficial.
Dejan de ser hermanos para transformarse en tío (Leonardo) y sobrino
(Francisco). La confusión entre generaciones es habitual en esa clase de
literatura, donde se barajan fichas de manera a menudo desordenada. Lo que
interesa aquí es que Blas de Salazar y la real provisión coincidan en los
nombres de los dos protagonistas y en una relación de parentesco entre ellos.
Además, como Salazar se limita a los herederos directos, no tiene por qué
mencionar a un hermano menor de Leonardo, si lo tuvo.
Estos dos datos no bastan para identificar a
qué rama del linaje pertenecen. El genealogista opta por hacerlos descender del
nieto del alcaide a pesar de la distancia cronológica que separa al supuesto
padre, que ha nacido en torno a 1480 con sus hijos que litigan unos ochenta
años más tarde. O es un error o falta un eslabón entre las dos generaciones.
Identificar al padre con el biznieto del
alcaide reduce ciertamente la distancia temporal pero solo a una altura de diez
años, lo que resulta insuficiente y nos enfrenta al mismo obstáculo.
Otra posibilidad sería que fueran nietos de
Francisco, hijo de Diego de Mexía y de María de Escabias, al que el alcaide
reservó en su codicilo de 1488 la casa de Andújar que había dado inicialmente a
su hermana Catalina, “porque es varón e sera mas onrrado e tenga casa suya en
que more”. La motivación no nos dice qué edad tendría entonces Francisco,
aunque se supone que fuera aun un niño y que su abuelo anticipa un futuro no
inmediato. Tampoco tenemos datos sobre su existencia y su descendencia y, hasta
que la suerte nos depare alguna documentación referente a él, habrá que
contentarse con meras suposiciones. En todo caso, pertenece a la misma
generación que los dos Pedro de Escavias y nos enfrentamos a la misma
obligación de imaginar una generación intermedia entre él y los litigantes de
1571.
Quizás la solución sea geográfica. La demanda
interpuesta por los dos hermanos, Leonardo y Francisco, concierne el concejo de
Arjonilla. Interesa saber cuál de los tres posibles antecesores o alguno de sus
hijos pudo residir o, por lo menos, poseer algunos bienes en el término de ese
lugar, por ejemplo, a consecuencia de su casamiento como solía ocurrir. Ello reduce
la investigación a un espacio identificado y contribuirá a hacerla más fácil.
Hasta aquí lo que se puede extraer de la
documentación existente sobre los descendientes de Francisco de Escavias. Esta
no permite ir más allá de principios del siglo XVI y deja numerosos huecos:
identidad de la esposa de Pedro de Escavias, hijo de Francisco; si fue hijo
único; dónde vivió después de dejar la corte; relación de parentesco de los
Escavias posteriores, como los hermanos Francisco y Leonardo; etc.
Este relativo silencio de los documentos
sugiere fuertemente que el destino de la línea de varones del linaje
transcurrió sin pena ni gloria a lo largo del siglo XVI. A pesar de las
esperanzas que hizo nacer la estancia en la corte real del nieto del alcaide,
esa rama parece haber caído en el espacio de dos generaciones en un relativo
anonimato. El traslado de Andújar a Porcuna es todo un símbolo porque supone,
por parte del heredero directo del apellido, la renuncia de una posición
eminente dentro de una ciudad cuya fama debe mucho a sus antepasados. En ese
momento, como se verá, otra rama, la de los Escavias Carvajal prosperaba en
Baeza y un linaje de reciente implantación en Andújar, el de los Quero de la Vega,
luchaba denodadamente para que se le reconociera como legítimamente andujareño.
III. Descendencia de Catalina de Escavias
Es bien conocida la descendencia de Catalina y
de Fernán Lucas, primo del condestable Miguel Lucas, gracias a la carta
ejecutoria que ganaron en 1592 los cinco hermanos Escavias Carvajal, sus
biznietos. La información que contiene es de una riqueza tal que le dedico la
mayor parte del comentario que sigue.
Orden de sucesión e hitos cronológicos
Para situar a los miembros de las distintas generaciones
que se suceden entre la de Hernán Lucas y Catalina de Escavias (años setenta y
ochenta de mil cuatrocientos) y la de los hijos de Juan de Carvajal e Isabel de
Guzmán y Quesada (finales del XVI), contamos principalmente con la información
proporcionada por la deposición de los testigos del pleito de 1592, Francisco de Navarrete, Fernando de Godoy, Juan Cerdilla y
Melchior de Raya, nacidos entre 1512 y 1522. Además de sus recuerdos
personales, refieren algunas informaciones transmitidas por sus padres. Gracias
a estas, podían evocar acontecimientos de épocas muy lejanas ya que los más
viejos habían nacido en los años sesenta del siglo anterior (s. XV).
Los datos cronológicos proporcionados por los
testigos son los siguientes. Pedro Lucas, hijo de Catalina de Escavias, muere
en 1522. Su hijo, Luis Escavias Carvajal, hereda sus bienes y goza de ellos
durante los 35 años siguientes, hasta su muere ocurrida en 1558. Le sucede su
hijo, Juan de Carvajal, a los 30 años de edad (ha nacido en 1527). Su hermano
mayor, Diego, destinatario del mayorazgo, ya ha fallecido sin dejar
aparentemente descendencia. Juan disfruta de esos bienes hasta su muerte en
1578. Hereda el mayorazgo su hijo Luis, el mayor de los ocho hijos de Juan de
Carvajal e Isabel de Guzmán y Quesada, quien se casa luego con Baltasara de
Valderrama y fija su residencia en Osuna, a pesar de que sigue conservando su
casa y mayorazgo en Baeza. Conocemos además la fecha de nacimiento de Luis y de
sus hermanos por un diario de bautismos y nacimientos que dejó Juan de
Carvajal: Luis, 28 de julio de 1556; Diego, 13 de diciembre de 1557; Gonzalo,
20 de diciembre de 1560; Beatriz, 3 de abril de 1563; Rodrigo, 5 de junio de
1565; Leonor, 12 de febrero de 1567; Alonso, 27 de febrero de 1569; Gerónima, 6
de marzo de 1574. Añádase que Juan de Carvajal, antes de casarse, tuvo con
Juana Diaz de Biedma un hijo natural, homónimo de su padre, que nació el 27 de
diciembre de 1550.
La sucesión y las uniones matrimoniales a lo
largo de siete generaciones queda sintetizada en este árbol, siendo la última
la que litiga en el pleito de hidalguía de 1592. La ejecutoria de hidalguía no
señala las hijas habidas por los distintos matrimonios apuntados. Para la
última generación, las he añadido a partir del Registro-memoria de los
nacimientos establecido por Juan de Carvajal.
[Pedro de Escavias
= Teresa Contreras]
|
Catalina de Escavias
= Fernán Lucas
|
Pedro Lucas de Escavias
= Isabel de Carbajal (1497)
|
Luis Escavias Carvajal
= Beatriz de Flores
|
Juan de Carvajal
= Isabel de Guzmán y Quesada
|
Luis Escavias
Carvajal Gonzalo Rodrigo Alonso
hija única
monja sin sucesión sin sucesión
Diego Beatriz Leonor Gerónima
hija
única monja sin sucesión sin sucesión murió
soltera
NB.
1. La lista no pretende ser exhaustiva excepto para los ocho hijos de
Juan de Carvajal. Por lo demás, solo Pedro Lucas Escavias es hijo único. No es
el caso de Catalina de Escavias, ni de Juan de Carvajal, hijo segundo de Luis
Escavias Carvajal y Beatriz Flores. Ignoro si Luis Escavias Carvajal tuvo o no
hermanos.
2. En el momento del pleito, en 1592, los ocho hermanos tienen
respectivamente 36 años (Luis), 35 (Diego), 32 (Gonzalo), 29 (Beatriz), 27
(Rodrigo), 25 (Leonor), 23 (Alonso) y 18 (Gerónima).
Los Escavias Carvajal en Baeza
Hernán Lucas y Catalina de Escavias
Catalina de Escavias, – se supone que después
del fallecimiento de su primer marido, Hernán Lucas, cuya fecha se ignora -,
dejó Jaén para ir a vivir a Andújar. En efecto, ella y su segundo marido, Pedro
Sánchez de Carvajal, están domiciliados en esa ciudad, el año 1497, cuando
firman el documento de entrega de bienes que Catalina hizo a su hijo, Pedro
Lucas de Escavias: “Catalina, mujer del honrrado caballero Pedro Sanchez de
Carvajal, vezina que so en la muy noble e muy leal çibdad de Andujar […]; E yo
el dicho Pedro Sanchez Caruajal, que a lo suso dicho soy presente, vezino en
esta dicha çibdad de Andujar…”.
Por otra parte, en su testamento, Pedro de Escavias reserva un trato especial a
su yerno Pedro Sánchez de Carvajal, ya que es el único autorizado a consultar los
volúmenes de su librería, lo que supone una proximidad geográfica, además de
afectiva, entre ellos.
El matrimonio celebró su boda en Jaén en mayo
de 1470, como lo describe detenidamente el autor de la Crónica del
condestable. Fue a instancias de Miguel Lucas que quiso recompensar al
alcaide de Andújar ofreciendo a su hija la mano de su primo hermano, Hernán
Lucas. Durante los primeros años, el matrimonio vivió en Jaén, donde Hernán
Lucas desempeñaba la importante función de gobernador de la casa de la moneda.
La situación cambia en marzo de 1473 con el asesinato del condestable que
expuso a sus familiares y partidarios a graves peligros. El advenimiento de la
reina Isabel (diciembre de 1474), que tenía especial afecto por la esposa del
condestable, Isabel de Torres, consiguió apaciguarlos.
Pedro Lucas de
Escavias Carvajal e Isabel de Carbajal
El matrimonio tuvo un hijo, Pedro Lucas, que
se supone nacería entre 1470 y 1473, a juzgar por el auto de entrega de bienes
ya mencionado, que señala que estaba a punto de casarse con Isabel de Mendoza
(“estays para vos velar e consumir palabras de matrimonio segunt horden de la
Santa Madre Iglesia”). Entonces tendría unos 25 años, que es buena edad para
casarse, aunque el compromiso matrimonial fuera tributario de otros factores
que pudieran acelerarlo, como la muerte prematura de los padres, o frenarlo,
como la necesidad de redondear un patrimonio con el fin de procurar medios
económicos suficientes a los novios.
Muy significativo es que Catalina ofreciera a
su hijo como “regalo de bodas” unos bienes situados en Baeza y no en Andújar:
dos
posadas de colmenares, la vna que se dize Nava Rruuia e
la otra se dize El Carrezuelo, que son en termino de la muy noble çibdad de
Baeça con dozientas e sesenta colmenas e enxanbres
que son amas a dos posadas en linde del arroyo el Coxo e de la posada de la
Nava El Saz.
Así se confirma la intención que tenía la
pareja joven de optar por una residencia en la ciudad donde los padres de la
novia ocupaban una posición eminente, ya que la futura esposa era hija del
comendador de Calatrava Juan de Mendoza Carvajal, apodado “Alí Mendoza” por su
trato asiduo con moriscos de Granada. Por consiguiente, puede considerarse que
el traslado de esa rama de los Escavias hacia Baeza empieza en esa generación.
El matrimonio de Pedro Lucas con Isabel de
Carvajal, que consagra la unión entre el linaje Escavias y el de Carvajal,
inicia un rico historial que desembocará en la fundación de los Vínculos de
Garantía y más adelante, del marquesado del mismo apellido.
Luis Escavias
Carvajal y Beatriz de Flores
Si la unión de Pedro Lucas e Isabel Mendoza
tuvo lugar en el año 1497 o poco después, se deduce que su hijo, Luis Escavias
Carvajal, habrá nacido en torno al año 1500.
Sobre la historia del matrimonio de Luis
Escavias Carvajal y Beatriz de Flores, disponemos de un documento de gran
interés porque da fe de la situación en aquel momento del linaje dentro de la
sociedad baezana. Se trata del traslado, realizado a principios del siglo 17,
de una escritura del año 1555, precedida por una “licencia y facultad” otorgada
el 30 de noviembre de 1549. Esta autoriza al matrimonio a instituir un
mayorazgo a favor de uno de sus tres hijos, D Diego Carvajal Flores, D Juan de
Carvajal Flores, y D Rodrigo de Carvajal Flores, así designados en el documento
oficial suscrito por los padres, lo que nos obliga a enmendar muchas de las
escrituras genealógicas que se conservan de ciertas familias colaterales, donde
se suele confundir a las generaciones. Entre las que conserva el AHP, solo uno
de los árboles (Árboles 06-08) reproduce con exactitud esos datos.
La licencia es un acto solemne que lleva la
firma de tan altos personajes como la reina doña Juana (Juana la Loca],
el rey don Carlos (Carlos V) y su hermano Fernando, “el Serenisimo Señor Rey de
Bohemia”. En la introducción de la copia, Luis y Beatriz se muestran muy
orgullosos de haberla conseguido.
El documento califica a Luis Escavias Carvajal
de regidor de Baeza, lo que demuestra que el hijo de Pedro Lucas ha conseguido
auparse hasta una posición privilegiada dentro de la ciudad y es natural que él
y su mujer se preocupen de preservar la integridad del patrimonio que han venido
reuniendo.
Tardarán seis años en usar de esa licencia y
llevar a cabo su proyecto, a la espera de que sus hijos hubieran alcanzado la
edad de casarse y se hubiera concertado sus matrimonios. En 1555 ha llegado el
momento, por lo que Luis y Beatriz deciden fundar un mayorazgo a favor del
primero de sus hijos, Diego, y un patronato a favor del segundo, Juan. Es muy
probable que, ese mismo año, se celebrara el matrimonio de los dos hermanos,
como lo sugiere el que en 1556 naciera el primer hijo de Juan de Carvajal.
Los bienes destinados al mayorazgo son poco
numerosos pero sustanciales: unas casas en la collación de San Gil; un
heredamiento (finca) con casa; otro heredamiento con casa, palomar, torre y
fuente, pasto para las ovejas, higueras, 33.000 vides (lo que equivale a unas 6
hectáreas); un haza de sembradura (tierra de labrantío) de 6 fanegas.
Los bienes que componen el patronato consisten
en: dos casas, una en la collación de San Pedro, otra en la de San Andrés; una
casa tienda en el mercado; un heredamiento con casa, palomar y vergel; 25
fanegas de tierra de sembradura; un haza de 20 fanegas; dos rozas (tierra de
monte bajo) de 20 y50 fanegas; una huerta; dos batanes en el Guadalquivir;
censos perpetuos principalmente sobre tiendas del mercado por un ingreso anual
de unos 18.600 maravedís.
Aunque el mayorazgo estuviera destinado a
Diego, fue su hermano Juan quien lo heredó a la muerte de su padre. Es lo que
sugieren los testigos del pleito de 1592 que no mencionan a su hermano mayor,
así como los documentos genealógicos que he podido consultar, según los que Diego
y su mujer no dejaron sucesión. Lo más probable es que Diego hubiera fallecido
entre 1555 y 1558 y, como lo disponía la escritura de fundación, le tocaba a su
hermano segundo heredar el mayorazgo.
En los árboles genealógicos, Luis Escavias
aparece como el fundador de los Vínculos de la Garantía que terminará
desembocando en un marquesado.
Juan de Carvajal
En 1575, la situación del matrimonio resulta
muy favorecida. Juan de Carvajal ha sucedido a su padre como veinticuatro en el
regimiento de la ciudad de Baeza y sus ocho hijos le aseguran una sucesión
numerosa. Sin embargo, en mayo de aquel año, se decide a emprender una gestión ante
las autoridades judiciales eclesiásticas y laicas de la ciudad de Sevilla, con
el objeto de “iudad y averiguar […] la limpieza de sangre y nobleza del linaje
Bolante”, que era el de su madre, Beatriz de Flores.
La escritura contiene, además de la deposición
de varios testigos que tuvieron que contestar a 27 preguntas transcritas en el
documento, el testamento del canónigo de la catedral de Sevilla, Ruy Gonzalez
Bolante (11 de septiembre de 1450 más un codicilo del 18 del mismo mes y año),
y la descripción de varios escudos de armas de la catedral de Sevilla y de la
iglesia del alcázar de Baeza. El 13 de julio de 1576, fue avalada por el
asistente (corregidor) de Sevilla, el conde de Barajas, Francisco Zapata de
Cisneros, “para que valga e haga fee en iudad”.
El objeto de ese documento es clarísimo. Proclamar
la pureza de sangre e hidalguía del linaje de los Flores garantiza a Juan de
Carvajal que podrá disponer libremente de los bienes heredados de su madre sin
tener que pagar los tributos que gravan a la hacienda de pecheros. No lo hace
por puro trámite, sino que toma tan en serio el asunto que no duda en recurrir
al cabildo de la catedral de Sevilla, a pesar de que hubiera podido limitarse a
Baeza, donde se conserva el “escudo de armas de los caballeros hijos dalgo del
apellido de Bolante”, uno de los linajes que ganaron a Baeza de los moros.
Prefirió colocarse bajo la autoridad del difunto canónigo de Sevilla Ruy
González Bolante, que dejó varias memorias en el archivo de la catedral “por
donde const[a] de la limpieza e nobleza de su iudad”, además del testamento del
principal antepasado de la familia, Gonzalo Ruiz Bolante, que fue alcaide de las
atarazanas de Sevilla bajo Enrique II.
Si el objeto de la petición queda claro, no el
motivo de que Juan de Carvajal hiciera esa gestión precisamente en 1575. Las
explicaciones pueden ser varias. La primera sería que se debiera a que el
fallecimiento de Beatriz de Flores ocurrió en aquellos años, lo que abría el
proceso de su sucesión y la posible intromisión de otros parientes. Para ello,
habría que suponer que Beatriz hubiera vivido hasta los setenta años (su hijo
segundo, Juan, nace en 1527). Otra posibilidad sería que el estado de salud de
Juan de Carbajal fuera malo, lo que cabe dentro de la posible si se toma en
cuenta que morirá dos años más tarde. En todo caso, parece haber reaccionado
ante el peligro que suponía no poder valerse de la protección de una ejecutoria
de hidalguía en una época en que era requisito para quien aspiraba a ser
incluido en el estado noble sin poseer ningún título que lo proclamara.
Desde la perspectiva del futuro pleito de
1592, esa iniciativa de Juan de Carvajal cobra un cariz premonitorio.
Hijos de Juan de Carvajal e Isabel de Guzmán y
Quesada
Conocemos los nombres de todos los varones por
las actas del pleito que mantuvieron contra los concejos de Osuna y Rus. Se
conserva además un diario de bautismos y nacimientos que dejó Juan de Carvajal,
en el que indicó la fecha de nacimiento de cada uno de sus hijos, incluidas las
niñas, gracias al que podemos recomponer la totalidad de la fratría y situarlos
cronológicamente. Luis nació el 28 de julio de 1556; Diego, el 13 de diciembre
de 1557; Gonzalo, el 20 de diciembre de 1560; Beatriz, el 3 de abril de 1563;
Rodrigo, el 5 de junio de 1565; Leonor, el 12 de febrero de 1567; Alonso, el 27
de febrero de 1569; Gerónima, el 6 de marzo de 1574.
A la muerte de su padre en 1578, hereda el
mayorazgo su hijo Luis, el mayor de los ocho hijos de Juan de Carvajal e Isabel
de Guzmán y Quesada, el cual se casa luego con Baltasara de Valderrama y fija
su residencia en Osuna, a pesar de que sigue conservando su casa y mayorazgo en
Baeza. Los demás hermanos siguen viviendo en Baeza, como se deduce del pleito,
aunque su hacienda no se limita al término de la ciudad, sino que parte de ella
está en Rus y posiblemente en otros lugares del entorno.
Añádase que Juan de Carvajal, antes de
casarse, tuvo con Juana Diaz de Biedma un hijo natural, homónimo de su padre,
que nació el 27 de diciembre de 1550.
El pleito de 1592
Lo que temía Juan de Carvajal terminó por
ocurrir unos quince años más tarde, cuando el concejo de la villa de Osuna
decidió incluir en el padrón de pecheros a su hijo mayor, Luis Escavias
Carvajal que residía en ella, y el del lugar de Rus hizo lo mismo con “los
demás de sus hermanos”. Como consecuencia, los dos concejos exigieron prendas
que cobraron sin demora por los dichos pechos. En respuesta, los hermanos
Escavias Carvajal interpusieron una demanda ante los alcaldes de los Hijosdalgo
la Audiencia real de Granada el 13 de marzo de 1592.
Se conserva la copia de la ejecutoria otorgada
por la Audiencia de Granada.
Contenido del documento
El documento se compone de los siguientes
apartados cuya lista reproduce la cronología del proceso.
1. Real Provisión
– Fols. 1r-2v. Demanda interpuesta
por los hermanos Escavias Carvajal
– Fol. 2v-3r. Cartas de
emplazamiento emitidas por la Audiencia de Granada a los concejos de Osuna y
Rus
2. Relación del proceso
– Fols. 3r-3v. Respuesta y
petición de los concejos de Osuna y Rus (6 de mayo de 1592)
– Fols. 3v-4v. Designación de
testigos por los Escavias Carvajal
– Fols. 4v-6r. Deliberación del
cabildo de Baeza (5 de octubre de 1592)
3. Deposición de los testigos en
defensa de los Escavias Carvajal
– Fols. 6r-13r. Francisco de
Navarrete
– Fols. 13r-23r. Fernando de
Godoy
– Fols. 23r-29v. Juan Cerdilla
– Fols. 30r-31v. Melchior de
Raya
4. Escrituras antiguas a favor
de los Escavias Carvajal
– Fols. 32v-34v. Inventario de
los diecinueve documentos solicitados por los defensores
– Fols. 34v-40v. Traslado de un
cuaderno de escrituras del cabildo de Baeza que contiene los ítems 5, 8 y 13 de
ese inventario.
5. Sentencia del pleito
– Fols. 40v-42v. Sentencia de
vista del 9 de julio de 1593
– Fols. 42v-44v. Apelación
– Fols. 44v-46v. Sentencia
definitiva
– Fols. 46v-49v. Sentencia
definitiva con la tasación de las costas (19 de agosto de 1595).
Posición respectiva de las partes
La negativa opuesta por los dos concejos a renunciar
a lo que pretendían desemboca en un pleito entre, por una parte, Luis Escavias
y sus hermanos y, por otra, el fiscal de la Audiencia “por el ynteres del
nuestro patrimonio real”, “el concejo, justicia y regimiento” de la villa de
Osuna y del lugar de Rus, más los de la ciudad de Baeza “que para el dicho
pleito fue citada y llamada.
La demanda interpuesta por los hermanos
Escavias Carvajal se basa en su calidad de “hijos dalgo notorios de sangre de
si y de su padre e auuelo visauuelo e antepasados de cassa y solar conosçidos”,
según la formulación habitual en esa clase de demanda judicial. Como tales, se
les debía guardar “todas las onrras, franqueças preminencias y libertades que
les solían e acostunbravan guardar a los onbres hijos dalgo de nuestros
rreynos” (fol. 2r).
La defensa de los concejos de Osuna y de Rus,
redactada el 6 de mayo en respuesta a la carta de emplazamiento emitida el 25 de
marzo por la Audiencia, que parece aquí reproducida literalmente a juzgar por
ciertas torpezas de expresión que no se observan en los documentos redactados
por la parte contraria, niega radicalmente la calidad de hidalgos a los
demandantes y formula graves acusaciones contra ellos:
Lo vno porque las partes contrarias no eran hijos
dalgo descendientes de tales, antes avian sido onbres llanos pecheros y en tal opinion
e rreputacion avian estado ellos e sus antecesores de quien desçendian; e ansi
avian pechado e contribuydo en todos los pechos rreales e concejales en que
pechauan e contribuian los onbres llanos pecheros de la dicha ciudad de Vaeça y
villa de Osuna y en los demas lugares donde ellos y sus padres e abuelos avian
viuido e morado. E si en algún tienpo se avian rreservado de pechar, avia sido
por negoçiaçion que avian tenido con los oficiales de los dichos concexos e [no]
por aver sido criados ni allegados e por ser hijos dalgo.
Lo otro porque no desçendian de onbres que lo fuessen
e, quando algunos de sus antezesores lo ovieran sido, que negavan o desçendian
dellos legitimamente si no como aspurios que avian sido y eran sus antecesores,
e de manera que no podian goçar de ninguna exsencion ni hidalguia.
La situación del cabildo de Baeza ante esas
posiciones radicalmente contrarias es ambigua, como lo es también su situación
con relación con Luis Escavias Carvajal y sus hermanos. Habiendo recibido de la
Audiencia la misma carta de emplazamiento que las otras partes para comparecer ante
los alcaldes de los hijosdalgo, el ayuntamiento baezano opta por contestar por
la negativa a la convocatoria el 5 de octubre siguiente y se desolidariza de
las acusaciones dirigidas contra los hermanos Escavias Carvajal por los
concejos de Osuna y de Rus:
[…] dixeron que les obrava que los dichos don Luis Escavias Carvaxal e dichos don Diego Escavias
Carvaxal, e don Gonçalo Escauias Carvaxal, e don Rrodrigo Escavias, e don
Alonso Escavias Carvaxal eran e son caualleros hixos dalgo notorios de
padres e abuelos y y visabuelos e los demas descendientes por anvas linias de
padre e madre y ser e descender de ylustre sangre. […] E por ser esto tan
publico e notorio, esta ciudad dixo que no tenia que salir a seguir la dicha
causa ni gastar sus propios ynjustamente para que rrespondan a la dicha rreal
provission […] e por esta causa el dicho concejo no les podia mover pleito ni
litigar con los suso dichos con rraçon de su nobleça (4v-5v).
Este alegato a favor de la legítima hidalguía
del linaje tuvo necesariamente un impacto importante, porque nadie más
autorizados que los regidores de Baeza para conocer si los Escavias Carvajal,
que eran vecinos de la ciudad desde varias generaciones y, por lo tanto, muy
conocidos por sus moradores, habían o no usurpado su hidalguía.
En cuanto al lugar de Rus, es de suponer que
los Escavias Carvajal poseían bienes en su término. La proximidad con Baeza es
tal que no sería sorprendente que la familia hubiera adquirido alguno, por
ejemplo, en las cercanías del extenso heredamiento con casa y palomar, olivos,
moreras, higueras, huertas, norias y albercas incluido en el patronato heredado
por Juan de Carvajal, “camino de Rus que es termino de esta ciudad”. Si la
posesión de bienes dentro del término de Rus por los Escavias Carvajal explica
que el concejo del lugar haya emprendido esa acción contra ellos, no se explica
por qué motivo se lanzó a esa aventura sin el visto bueno de Baeza, de cuya
jurisdicción dependía.
La intervención del concejo de Osuna es más
comprensible en la medida en que sus regidores podían sospechar de la hidalguía
de ese baezano recién llegado a su villa. Sin embargo, los bienes sometidos a
tributo difícilmente pueden ser aportación personal de Luis Escavias, poseedor
de un mayorazgo en Baeza, sino que lo fueron de su mujer, Baltasara Valderrama,
cuya familia residía en la villa. Esta pertenecía a una casa conocida en
Sevilla y su comarca, por lo que no hay motivo para que el matrimonio despertara
una sospecha sobre su estatuto social. Por lo tanto, subsisten algunas
incógnitas también sobre la motivación del concejo de Osuna.
Sistema de defensa
Desde la muerte de su padre en 1578, los cinco
hijos varones de Juan de Carvajal habían disfrutado del estado de hidalgos sin
aparente contradicción. La decisión de la villa de Osuna y del lugar de Rus de empadronarlos
y exigirles el pago de servicios y tributos como a cualquier pechero les obliga
a adoptar una actitud común y a hacer frente para cortar de raíz una amenaza
que se cierne sobre ellos incluso en Baeza.
Se entiende cuál fue la intención de los
hermanos Escavias Carvajal y la estrategia que adoptaron para recuperar unos
derechos que consideraban injustamente negados. Primero optaron por una
respuesta colectiva y única, como si la decisión de los dos concejos hubiera
sido concertada, lo que parece poco probable. Además, deciden recurrir ante los
alcaldes de los hidalgos de la Audiencia real contra lo que no pasa de ser una
medida administrativa, calificando así la iniciativa de los concejos de abuso de
poder al denunciar unilateralmente un hecho sobre el que su autoridad no podía
ejercerse.
Los apartados 1 y 4 de la copia de los
documentos del pleito son los habituales en un conflicto de tipo judicial,
mientras que el segundo y el tercero son más propios de un pleito de hidalguía.
La presencia simultánea de esos dos elementos en un mismo proceso se explica
por el hecho de que el reconocimiento de la hidalguía de los demandantes por
los alcaldes de los hidalgos tendría como consecuencia inmediata y radical anular
la decisión de los concejos, al demostrar su ilegitimidad. Los Escavias
Carbajal, sin duda instruidos por la gestión de su padre en Sevilla, saben cómo
actuar ante esa instancia y tienen conciencia de que les resultará más fácil a
ellos demostrar su hidalguía que a los concejos denunciarla. Pueden contar con
unos testigos para asentar su estatuto en un tiempo largo, cosa mucho más
difícil para los oficiales de turno encargados de la administración de una
villa o un lugar. La calidad de esos testigos, generalmente ellos mismos
hidalgos, es otra garantía de que serán oídos. Por fin, los demandantes disponen
para su defensa de un archivo documental en el que figuran personajes de
alcurnia cuya palabra escrita no puede ponerse en tela de juicio. Frente a ese
arsenal argumental, los concejos apenas tienen nada que oponer. Lo demostrará
su incapacidad por reunir testimonios incluso en la apelación.
Criterios de legitimidad de la hidalguía
Los criterios principales que definen la
hidalguía de un linaje son la antigüedad y la continuidad de una transmisión
que no debe sufrir interrupciones. La antigüedad forma, pues, el marco
definitorio del concepto y en ella residen las pruebas de su legitimidad.
Cuando esos dos criterios están reunidos,
resulta fácil justificar la “pacífica posesión” del estado de hidalgo, pero la
dificultad consiste en que, en contra de lo que ocurre con los títulos
nobiliarios – duque, conde, marqués, etc. – o con algunos cargos
relevantes – condestable, almirante, corregidor, etc. –, no se
conserva rastro documental del primer poseedor del privilegio. Para averiguarlo
hay que recurrir a otros medios, siendo el principal la notoriedad, es decir el
reconocimiento público (“la pública voz y fama y común opinión”) de que, desde
una época remota, los miembros de una familia fueron tenidos y reconocidos a
todos los efectos como hidalgos. De ahí la necesidad de convocar a testigos
dignos de fe, cuyos testimonios son recogidos en forma de interrogatorio por un
escribano de la Audiencia (“este escribano receptor”) antes de ser sometidos a
la apreciación de los alcaldes de los hijosdalgo.
Testimonios
De los cuatro testigos citados, tres de ellos,
Navarrete, Cerdilla y Raya se declaran hidalgos. El cuarto, Fernando de Godoy,
no dice nada al respecto.
Navarrete, Godoy y Cerdilla residen en Baeza y
han nacido en la ciudad, aunque no lo dicen precisamente, pero se deduce de
algunos detalles de sus deposiciones, como el hecho de haber visto nacer a Juan
de Carvajal. Se supone que los tres eran terratenientes. Melchior de Raya se
distingue de los demás. Reside en Jaén, es “escribano de Su Magestad” y solo
conoce a Diego de Escavias Carbajal, como lo confiesa al principio de su
testimonio:
solamente conosçia este testigo al dicho Luis Escavias
Carvaxal e a los demas sus hermanos ni menos avia conosçido a su padre ni
avuelo ni visavuelo ni rrevisavuelo ni a don Miguel Lucas de Nieva condestable
que fue de Castilla primo que desçian quera del dicho Hernan Lucas mas de auer
oydo desçir publica e generalmente en la dicha çiudad a muchas personas veçinos
e moradores della espeçialmente a su padre deste testigo que se llamava Beltran
de Rraya de la Cueva.
Esa confesión preliminar, no exenta de una
forma de desparpajo, dice a las claras que Melchor de Raya ha sido solicitado
únicamente para evocar los antecedentes del linaje en Jaén.
El y Francisco de Navarrete han cumplido los
ochenta, mientras que Godoy y Cerdilla tienen setenta o alguno más. Sus
recuerdos personales más antiguos se remontan, pues, respectivamente a 1515 o
1525. Para situarlos en relación con los Escavias Carvajal, conviene señalar
que han nacido todos unos años antes que Juan de Carvajal y todos, salvo Raya,
han conocido a los padres de este, Luis Escavias Carvajal y Beatriz de Flores,
desde el momento en que se casaron y tuvieron hijos.
Además de sus recuerdos personales, se
refieren a las confidencias de personas mayores, algunas identificadas, como
sus padres, o de otras, también difuntas “que no se acordaba de sus nombres”;
detalle que, al parecer, no desacreditaba su testimonio para el escribano
receptor. Esto les ofrecía la posibilidad de dar un salto notable en el pasado.
Tanto el padre de Navarrete como el de Raya habían nacido en torno a 1460, es
decir unos treinta años antes de la fecha probable del fallecimiento de Pedro
de Escavias.
El documento no reproduce las preguntas
dirigidas a los testigos, en contra de las que Juan de Carvajal redactó para su
encuesta en Sevilla, pero la similitud a veces literal de las deposiciones de
los distintos testigos indica que esas contenían los elementos de la respuesta.
No eran seguramente tan explícitas las
preguntas formuladas por el escribano receptor de 1592 como las del sevillano
de 1575, sin embargo, estaban lo suficientemente orientadas para inducir
ciertas respuestas. En cambio, aquel añadió al final de cada interrogatorio
algunas de su propia cosecha, que se reproducen en el documento y obligan al
testigo a expresar una opinión personal no sugerida:
Fuele preguntado a
este dicho testigo por el dicho nuestro escrivano rresceptor si sabia o avia
oydo desçir donde avia sido el origen de los que litigavan e de los dichos sus
padre e avuelo e visauelo y que deudos y parientes les avia conosçido e
conoscia por linia rreta de varon en que partes e lugares y en que opinion e
rreputacion los avian tenido e tenian si de hijos dalgo o de pecheros.
Los testimonios de los tres baezanos se
dividen en cuatro partes. En la primera, contestando a la pregunta “si avía
conosçido a …”, recorren la totalidad de la línea de varones en sentido
ascendente desde los hermanos Escavias Carvajal hasta Hernán Lucas y Pedro de
Escavias, con una referencia explícita al condestable Miguel Lucas: Juan de
Carvajal / Luis Escavias Carvajal / Pedro Lucas / Hernán Lucas. A continuación,
lo hacen en sentido contrario incorporando a las mujeres y al hijo mayor con el
fin de legitimar a los hijos de cada matrimonio: Catalina de Escavias / Isabel
de Carbajal / Beatriz de Flores / Isabel de Guzmán y Quejada.
En la segunda parte, proclaman que los
hermanos Escavias Carvajal son “hijos dalgo notorios de sangre e proçedientes
de tales por linia rreta de varon” y han recibido de los vecinos de Baeza el
tratamiento correspondiente. En este apartado, se alude al modo de vida
caballeresco que llevaban y a sus manifestaciones más concretas y aparatosas,
como el escudo de armas y el enterramiento en una capilla de la iglesia San
Gil.
La tercera parte concierne las uniones
realizadas con otros linajes principales, lo que contribuye a ensanchar a toda
Andalucía el espacio en que se les reconoce su nobleza.
La cuarta y última reproduce las respuestas a
las preguntas del escribano receptor, las habituales para conseguir una
ejecutoria: cómo consiguieron la hidalguía; la posible transmisión por vía
femenina; si hubo consanguinidad con moros o judíos; si alguno de los
antecesores fue sometido a un pleito ante la Inquisición.
Las coincidencias literales entre los tres
testimonios de los de Baeza son numerosas y, por ese motivo, poco
significativas. En cambio, puede ocurrir que un testigo añada algo por su
cuenta a la narración de los demás. Los ejemplos más evidentes los ofrece, como
era de suponer, Melchor de Raya, buen conocedor de la historia de Jaén en
tiempos del condestable. Es tanta la información proporcionada por ese testigo
que el escribano receptor no la reproduce íntegra: “segun questo y otras cossas
mas largamente dixo y depusso este testigo en su dicho e dipusiçion”.
La demostración se centra en la continuidad
del linaje limitada a la línea sucesoria de varones que se suponen los mayores
de su fratría, aunque no lo fueran. Es un hecho que, cuando las preguntas
abandonan el esquema adoptado, existe el riesgo de cometer errores. Por
ejemplo, no se menciona a Diego Carvajal Flores, a favor de quien sus padres
fundaron un mayorazgo en 1549, al mismo tiempo que reservaban un patronato a su
hermano menor, Juan de Carbajal, que aparece aquí como el hijo único del
matrimonio. Parece cierto que ese hijo mayor murió sin descendencia antes de
1592 y que su herencia, incluido el mayorazgo, vino a parar a manos del
segundón, aun así, su existencia hubiera merecido una mención, a él y a su
mujer, Leonor de Quesada Acuña, aunque fuera de pasada.
Hay otro ejemplo clarísimo, que concierne de
nuevo a unos supuestos hermanos de Juan Carbajal. El error figura en la
pregunta, ya que el pasaje está reproducido en idénticos términos en los
testimonios de Francisco de Navarrete y de Juan Cerdilla:
E queste testigo no avia conosçido ni conosçia parientes ningunos de
los que litigavan por línea rreta de varon que fuesen onbres llanos pecheros ni
desçendientes de tales antes avia conosçido e conosçia viuir e morar este
testigo en la dicha çiudad a Rrui Diaz de Carvaxal e a Gonçalo Flores de
Carvajal, arzediano de Castro del Rio, hermanos legitimos del padre de los que litigavan
que viuian al presente en la dicha çiudad de Cordoua los quales en la dicha çiudad
de Vaeça avian sido avidos e tenidos y este testigo los tenia por cavalleros
hijos dalgo de sangre.
El redactor de la pregunta se confundió. Entre
los Carvajales que vivieron en Baeza a finales del siglo XV y principios del
XVI, hubo ciertamente un Ruy Díaz, hermano de Cristóbal, miembro y luego rector
del Real Colegio de San Clemente de Bolonia, pero ningún Gonzalo. De todos
modos, no eran hermanos de Juan de Carbajal, sino hermanos de su abuela, Isabel
de Carvajal y, por lo tanto, cuñados de Pedro Lucas. Con Juan de Carvajal no
compartían un parentesco tan estrecho como el de hermanos sino el de primos del
tercer grado. Ese error manifiesto no alertó a los testigos, salvo quizás a
Fernando Godoy, que se abstuvo, quizás intencionalmente.
Las deposiciones tienen una finalidad precisa,
la de demostrar que la hidalguía de los litigantes no es usurpada, sino que ha
sido reconocida como tal a lo largo de las generaciones anteriores a los
litigantes. La memoria de los testigos y de sus informadores permite remontar
algo más de un siglo, espacio de tiempo que por sí solo constituye una prueba.
Pero es necesario aportar un dato suplementario para convencer a un tribunal:
que la hidalguía haya cobrado una forma más tangible en el inicio de esa historia
secular, que se haya concretado en un precedente particular digno de ser
considerado como equivalente al fundador de un linaje.
El fundador reivindicado
Según los Escavias Carvajal
En la defensa de los Escavias Carvajal, la
reivindicación de legitimidad de la hidalguía recae paradójicamente en un
personaje exterior al linaje, Hernán Lucas, esposo de Catalina de Escavias, no
tanto por sí mismo sino como representante de una casa ilustre que se confunde
con el más ilustre de sus miembros, el condestable Miguel Lucas de Nieva:
[Declaración del cabildo de Baeza] e desçienden de ylustre sangre porque
por linia rreta de varon descendian de la cassa de don Miguel Lucas de Nieva,
condestable de Castilla, el qual fue primo hermano de Hernan Lucas,
rrevisavuelo de los suso dichos por linia reta de varón [5r]
[Navarrete] por linia rreta de varon eran descendientes de la cassa del
dicho don Miguel Lucas de Nieva, condestable que fue de Castilla, que avia sido
y era casa noble [12r]
[Fernando Godoy] e platicando este testigo con ellos [su abuelo y Antón
Marín, nacidos en torno a 1460] de linages e antiguedades de la dicha çiudad de
Vaeça, espeçialmente deste linage de los dichos Lucas Escavias Carvaxales,
avian dicho a este testigo que avia sido un nonbre muy antiquisimo de mucha
nobleça e antigüedad por que su origen e desçendençia era e venia e proçedia
por linia rreta de varon de la casa de don Miguel Lucas de Nieva, condestable
de Castilla, porque Hernan Lucas, rrevisavuelo de los que litigavan, veçino que
avia sido de la dicha çiudad de Jaen, avia sido y era primo hermano del dicho
condestable de Castilla [16v]
[Juan Cerdilla] venian e prosçedian y eran desçendientes de la casa del
dicho don Miguel Lucas de Nieva, condestable que fue de Castilla, que avia sido
casa noblisima [29r]
[Melchor de Raya] Hernan Lucas, el qual avia sido
veçino della, e desçian que avia sido primo hermano por linea rreta de varon de
don Miguel Lucas de Nieva, condestable de Castilla, y quel dicho Hernan Lucas
avia sido y era un cavallero muy prinçipal e hijo dalgo
Convendría matizar la “ylustre sangre de la
casa de Miguel Lucas”, siendo como era de baja extracción: “ex humilitate
originis” según Alonso de Palencia, por una vez sin voluntad de herir, porque
sentía cierto respeto por la persona del privado de Enrique IV. Con todo, no
cabe duda de que los títulos y cargos que le otorgó Enrique IV le auparon
dentro de la casta nobiliaria castellana.
De ello resulta que, en el alegato por la
ejecutoria, el tema de la hidalguía de los Escavias Carvajal pasa al segundo
plano, como consecuencia lógica de la nobleza de su fundador. No se discute que
el linaje fuera noble y, por ello, no se discutía su hidalguía. Esta, una vez
adquirida, la heredaban los parientes, en este caso el primo hermano, Hernán
Lucas, y, por vía de consecuencia, se transmitía a los descendientes de este,
que podían prevalecerse de una hidalguía “por línea rreta de varón”.
El testimonio de Melchor de Raya, vecino de
Jaén, no difiere fundamentalmente del de los otros tres testigos, sino que
añade algunos detalles que los baezanos ignoraban:
[Melchor de Raya] ni tanpoco avia conosçido a Hernan
Lucas, rrevisavuelo que desçian que avia sido de los que litigavan, veçino que
avia sido de la dicha çiudad de Jaen, mas de auer oydo desçir publica e
generalmente en la dicha çiudad a muchas personas veçinos e moradores della,
espeçialmente a el dicho Veltran de Rraya de la Queva, padre deste testigo que
avia muerto de edad de mas de noventa años e avia que murio quarenta e çinco
años poco mas o menos,
que desçian quen la dicha çiudad de Xaen avian vivido
e morado en ella el dicho Hernan Lucas, el qual avia
sido veçino della, e desçian que avia sido primo hermano por linea rreta de
varon de don Miguel Lucas de Nieva, condestable de Castilla,
y quel dicho Hernan Lucas avia sido y era un cavallero
muy prinçipal e hijo dalgo e, por
ser primo hermano del dicho condestable de Castilla, avia cassado con doña
Catalina dEscavias, hija del alcayde Pedro dEscavias,
alcayde de la çiudad de Anduxar que avia sido un cauallero muy prinçipal e hijo
dalgo del Consejo del señor rrey questonzes era, e quel
dicho condestable de Castilla avia conzertado el
dicho casamiento e halladose en sus bodas, e desçia mas como pariente e
primo suyo, e que del dicho matrimonio haçiendo vida maridable avian auido e
procreado al dicho Pedro Lucas dEscavias [30v]
Entre los testigos, es el único en señalar “quel
dicho condestable de Castilla avia conzertado el dicho casamiento” entre su
primo Hernán Lucas y Catalina de Escavias. Añade que el padre de Isabel de
Carvajal, mujer de Pedro Lucas, había sido comendador de Torres y Jimena; que
Miguel Lucas “avia sido general del dicho rreyno de Jaen e gobernador e
justiçia mayor del dicho rreyno e todo su ovispado porque avia sido cavallero muy
prinçipal e de quien el rrey haçia mucha quenta e tenia poder del dicho señor
rrey para hacer y deshaçer todo lo que quisiese ansi en lo tocante a la dicha
guerra como en el gobierno de la dicha ciudad y su obispado”.
El punto más importante es el papel decisivo
que se atribuye a Miguel Lucas por haber concertado la unión matrimonial de su
familia con la de los Escavias, dato que se halla confirmado en la crónica de Los
Hechos del Condestable. Por otra parte, modifica la línea argumental,
colocando en un segundo plano a un posible fundador, Pedro de Escavias, definitivamente
relegado entre los antecedentes femeninos del linaje, ciertamente importantes,
pero no decisivos. Sin embargo, el testigo no desdeña referirse a él para
señalar que había sido “del Consejo del rey questonze era” (Enrique IV).
Según Juan de Carvajal
Esta versión difiere mucho de la que había
adelantado Juan de Carvajal en la petición por la ejecutoria de los Flores que
había dirigido unos quince años antes (1575) a las autoridades sevillanas. La
pregunta 26, dictada por él y sus letrados, dice lo siguiente:
Si saben que el
dicho Juan de Caruajal desciende por linea de varon de Juan Gonçalez de Priego
de Escabias, señor de la villa de Aldeyuela, junto a la ciudad de Andujar, el
qual apellido de Priego es de caualleros hijos dalgo y descienden de este
linage el duque de Alcala, el duque de Feria, el duque de Arcos y otros muchos
grandes caualleros de Castilla y assi se ven pintadas en las casas del duque de
Alcala en Seuilla que son a la collaçion de Sant Esteuan en vn corredor los
escudos, armas, y suçession del linage de Priego que son las contenidas en vna
fee y testimonio signado de Cristoual de Soto escriuano publico de Seuilla que
sera mostrado a los testigos.
De los seis testigos presentados por Juan de
Carvajal, uno “dixo que no la sabe”, otros tres no contestaron, y el quinto se
limitó a resumir el contenido de la pregunta:
El único que añadió algo a la pregunta es
Gonzalo de Medina, quien no ostenta ningún título particular, ya que se le
designa como “criado de Su Magestad y vecino de la ciudad de Sevilla”, sino que
se distingue por su poca edad, 25 años:
[Este testigo] a uisto un libro signado de tres
escriuanos publicos que este testigo tiene en su poder de la sucession y linage
de los caualleros Escabias, por la qual consta quel dicho Juan de Caruajal
desciende de Juan Gonçalez Priego de Escabias, señor del Aldiyuela junto a
Andujar, el qual apellido de Priego este testigo tiene por apellido de
caualleros hijos dalgo del qual linaje y apellido descienden el duque de
Alcala, y el de Feria y Arcos y otros muchos principales del Andaluzia, por el
casamiento de Costança Bermudez de Priego con Rui Suarez de Figueroa Barba de
quien descienden el duque de Alcala, como se bee escrito y pintado en el
corredor de la casa del duque de Alcala en Seuilla en la collacion de Sant
Esteuan donde esta la sucession de su linage, entre los escudos y armas del
qual esta el escudo de armas y sucession del apellido de Priego.
Y este testigo cree y tiene por cierto quel dicho Juan
Gonzalez de Priego de Escabias era cauallero del linage y casa de Carrillo,
descendiente de los Señores de la uilla de Priego junto a Cuenca cerca de la
qual passa el rio Escabias; y assi se uerefica por las armas deste linage que
son vn castillo de oro en campo azul que son las propias armas de los
caualleros Carrillos, señores de Priego, que, a la usança antigua castellana
como se uerefica de las historias, dexando su propio apellido tomauan el
apellido de su lugar e señorio; y assi hallamos en la cronica del Rey don
Alonso el Sabio a Garçi Priego, que es lo mismo que Garcia Carrillo de Priego.
Y la orla que los de este linage de Escabias traen en
torno del escudo de las lunas de plata en campo azul, son por casamiento de vno
de los señores de Priego con vna señora de Aragón del linage de Luna, y la
vltima orla de los quatro leones reales fueron armas dadas por el rey don
Enrrique el quarto a Pedro de Escabias el ualeroso alcayde de Andujar.
Y assi este testigo cree y tiene por cierto que el
origen de los dichos caualleros Escabias y del dicho Juan de Caruajal es la
casa de Priego y el apellido de Carrillo cuyo linage como escriue Hernan Perez
de Guzman, en la adicion a la cronica del Rey don Juan el segundo, es
descendiente de los Emperadores de Alemania y es cosa que se puede creer quel
dicho Juan Gonçalez de Priego de Escabias, señor del Aldiyuela, fuese
descendiente de Domingo Priego [sobre línea: que fue de los principales
pobladores de Baeça por quien dizen la torre de Domingo Priego] que es junto a
Baeça.
Y por todo lo suso dicho este testigo cree y tiene por
cierto lo contenido en la dicha pregunta.
Es necesario precisar ante todo que es la
única pregunta dirigida a los testigos que esté dedicada a la ascendencia de
Juan de Carvajal y que el hecho de prestar atención a la casa de Priego
desentona en un espacio reservado a los Bolante, Monsalve y demás Santillan,
que son los linajes relacionados con el de Flores. Por otra parte, la respuesta
es tan extensa y detallada que surge la sospecha de que este testigo fue
seleccionado precisamente por su erudición en materia de historia y de heráldica,
además de su fino conocimiento de las casas ducales de la capital andaluza.
Su aportación personal rebasa con mucho el
marco que le imponía la pregunta, aun cuando parece atenerse a ella. Es
evidente que no limita su información a los escudos pintados de la Casa de Pilatos
sino que ha consultado archivos genealógicos para identificar a Costança
Bermudez de Priego y Rui Suarez de Figueroa Barba. La “usanza antigua” en
materia de onomástica nobiliaria denota también una reflexión metodológica
sobre el tema. La referencia a Garçi Carrillo es la de un buen conocedor de la
crónica real y de la historia de Andalucía, incluso en sus episodios
legendarios, ya que ese personaje se ilustró en la defensa del alcázar de
Jerez. Por fin, es experto en heráldica como lo demuestra la muy exacta descripción
que hace del escudo de armas de Pedro de Escavias.
Finalmente, si se conforma con la
identificación de Juan Gonçalez Priego de Escabias como fundador del linaje
Escavias propuesto en la pregunta, lo hace con criterio de genealogista prudente,
al no remontarse más allá del padre de Pedro de Escavias para no confundirlo con
su homónino y probable abuelo, al que Enrique de Trastámara concedió, en
vísperas de la primera batalla de Nájera (1367) en que quedaría derrotado, poblar
su heredad de Aldeyuela (privilegio transcrito por Argote de Molina, Nobleza
del Andalucía, pág. 472). Ese señorío no vuelve a aparecer en la
documentación acumulada posteriormente por Pedro de Escavias, por lo que no hay
que descartar que no haya sido confirmado por el rey Enrique II después de su
acceso definitivo al trono.
Diversidad de criterios
La manera de tratar la ascendencia del linaje
difiere radicalmente entre el documento de 1574 y el de 1592. Si el objetivo es
el mismo, identificar a un fundador cuyo estado pudiera garantizar a sus
descendientes la legítima posesión de la hidalguía, la metodología es distinta.
Los Escavias Carvajal usan un método pragmático, que consiste en bajar desde
las ramas más altas hacia el tronco del árbol ocupado por Hernán Lucas. El
resultado es solo parcialmente satisfactorio, porque el supuesto fundador de
linaje carece de la fama que se suele prestar a semejante personaje y que no
cabe duda de que no hubiera dejado un rastro en las memorias si no fuera por su
parentesco con el condestable.
Por su lado, Gonzalo de Medina opta por
ignorar el linaje de los caballeros Escavias y centrarse en la posible dependencia
de los de este apellido con un linaje ilustre, el “del apellido Priego”, que,
en su opinión de genealogista, pertenece a la más alta nobleza. Según él, esa
nobleza no es un atributo accidental de los Escavias sino un carácter
intrínseco, aunque lo hayan heredado en un pasado reciente, ya que el último
titular identificado de ese linaje, Juan González de Priego, es el propio padre
de Pedro de Escavias. Sin embargo, el impecable razonamiento del genealogista presenta
un grave defecto. En efecto, no deja de ser paradójico que el linaje supuestamente
fundado por los Priego abandonara ese apellido de manera tan abrupta y radical
entre un padre y su hijo y que ninguno de los hijos y nietos de Pedro de
Escavias y Teresa Contreras ostentara, aunque fuera en segundo lugar, el de
Priego.
Sorprende que, a veinte años de distancia y
con un objetivo similar, se haya recurrido a dos métodos tan distintos para
demostrar la noble ascendencia de los Escavias. Los hermanos Escavias Carvajal
parecen haber ignorado el documento redactado por su padre. Es posible también
que los que les aconsejaron en este delicado tema juzgaran que los alcaldes de
los hidalgos se dejarían más fácilmente convencer por una argumentación que no
fuera demasiado teórica. Al fin y al cabo, el razonamiento consistente en
afirmar que, si las diferentes generaciones de Escavias que se habían sucedido
durante un período de tiempo que la memoria particular y colectiva de los
baezanos podía dominar, habían sido considerados como caballeros hidalgos es
porque, desde el principio, habían contado con el amparo de un antecesor cuya
nobleza no sufría discusión. El concepto de notoriedad podía ejercerse
plenamente. Si los Escavias Carvajal la hubieran hecho suya, la demostración de
Gonzalo de Medina hubiera exigido nuevas investigaciones entre los antecedentes
de Juan González Priego, lo que, además de ser aleatorio, complicaba
inútilmente la misión de los alcaldes de hijosdalgo.
En todo caso, las dos opciones prestan poca
atención a Pedro de Escavias, a pesar de que ocupa una posición estratégica en
la historia del linaje como padre de la esposa del presunto fundador.
Documentación escrita
Además de las deposiciones de los testigos por
ellos designados, los hermanos Escavias Carvajal recurrieron a la presentación de
ciertos documentos, diecinueve en total, que consideraban útiles para su
defensa. En vista de ello pidieron una real provisión para que se buscaran en
los archivos de la realeza y se sacara una copia autenticada. Esta es la lista
de los diecinueve ítems:
1. Merced de Enrique IV a Pedro de Escavias, dándole
facultad para asistir a todos los concejos de Andújar (ocho de mayo de 1466).
2. Del mismo al mismo para que pudiese renunciar y
traspasar el oficio [de escribanía] (12 de agosto de 1479).
3. Poder de Pedro de Escavias a los alcaldes
ordinarios de la ciudad para que pudiesen determinar los pleitos civiles y
criminales (5 de octubre de 1472).
4. Merced de Enrique IV a Pedro de Escavias que le
autoriza a renunciar el oficio de alcalde mayor en su hijo (3 de noviembre de
1466).
5. Del mismo al mismo para que fuese del Consejo real
(9 de junio de 1466; confirmado el 9 de junio de 1476).
6. Merced del concejo de Andújar a Pedro de Escavias
de unas aceñas y tierras en el Guadalquivir por la defensa de la ciudad.
7. Del rey a la ciudad de Andújar “a instancia e
petición del dicho alcayde” que la ciudad no pudiese enajenarse de la corona
real (18 de junio de 1467).
8. Del rey a Pedro de Escavias merced de [4]0.000
maravedís de juro (15 de mayo de 1472).
9. Del mismo al mismo privilegio de 20.000 maravedis
de juros en las alcabalas de Andújar (22 de febrero de 1467).
10. De los Reyes Católicos a Pedro de Escavias
alzamiento del embargo que estaban hechos en las rentas de Andújar.
11. Perdón que doña Teresa de Torres había ganado de
la reina Isabel por los delitos cometidos “en los años que avía auido guerra
contra el rrey don Enrrique” (15 de febrero de 1478).
12. Confirmación por los Reyes Católicos a Pedro de
Escavias de los juros concedidos por Enrique IV.
13. Entrada de la reina Isabel en Andújar (13 de mayo
de 1484).
14. Cédula de los Reyes Católicos para que Francisco
de Escavias hiciese pagar ciertos maravedís que había librado a una de sus
guardas.
15. Escritura de dote de Hernán Lucas a favor de
Catalina de Escavias, su mujer (¿1470?).
16. Nombramiento de Miguel Lucas dEscavias (sic) como
gobernador del obispado de Jaén.
17. Catalina de Escavias declara que ciertas tierras
que había comprado eran de su hijo, Pedro Lucas.
18. Carta de poder de Catalina de Escavias a su hijo
de todos los maravedís de su dote y arras.
19. Entrega de bienes de Catalina de Escavias a su
hijo Pedro Lucas (24 de octubre de 1497).
La mayor parte de esos documentos remite al
alcaide Pedro de Escavias o a la época en que vivió. No todos se conservan hoy.
Los que llevan una fecha de emisión son conocidos y han sido objeto, con otros,
de publicaciones a cargo principalmente de Avalle-Arce, Enrique Toral Peñaranda
y mía. Los que no llevan fecha, en cambio, no han sido recogidos en colecciones
documentales. Sin embargo, no cabe duda de que han existido porque han dejado
un eco en otras escrituras. Es el caso del ítem 16: a pesar de que el título de
gobernador no sea muy frecuente en la época, Melchior de Raya, único de los
testigos vecinos de Jaén, lo atribuye al condestable con una fórmula que reproduce
el estilo de una redacción jurídica oficial: “el dicho condestable avia sido
general del dicho rreyno de Jaen e gobernador e justizia mayor del dicho rreyno
e de todo su ovispado”. También se entiende que no se conserven escrituras
relativas a asuntos privados, como los tres últimos ítems, de los que alguno
figuraría en anejo al testamento de Catalina de Escavias. Otros estarían en el
archivo del concejo de Andújar y se han perdido con las piezas que este contenía
(6, 10 y 14).
Todos los documentos datan de los reinados de
Enrique IV y de Isabel y Fernando (‘los Reyes Católicos’), si exceptuamos los
más tardíos de los últimos años del siglo XV. Doce de ellos están destinados a
Pedro de Escavias, algunos personales (la renuncia de sus cargos, los juros de
heredad concedidos, las aceñas regaladas por el concejo de Andújar, lo
relacionado con la sucesión familiar), otros oficiales, como la merced
concedida por el rey Enrique a la ciudad de Andújar a instancia de Escavias o
la entrada oficial de la reina Isabel en la que el alcaide interviene en nombre
de la ciudad.
Esa colección documental reunida por los
Escavias Carvajal asigna al alcaide el papel principal en la reivindicación de
la hidalguía, en detrimento de la figura del condestable que había sido
realzada por los testigos del pleito. Uno solo de esos documentos se refiere a
los Lucas y resulta además que ese perdón dirigido a la condesa de Torres, la
viuda de Miguel Lucas, por la reina Isabel no la concierne solo a ella, sino
que debe extenderse a todos los que, durante esos años de luchas civiles,
defendieron la legitimidad del rey Enrique, ciertamente bajo el mando de Miguel
Lucas pero con una atención muy especial al alcaide de Andújar.
Esos documentos parecen haber sido elegidos
para sustentar la tesis según la que la historia de la familia empieza con
Pedro de Escavias y la generación de su hija, Catalina, mujer de Hernán Lucas.
Con todo, faltan algunos que hubieran contribuido tanto o más a ensalzar el
renombre de Escavias, como la concesión por Enrique IV del título de “muy noble
y muy leal çibdad de Anduxar” a ruegos del alcaide, o la merced que le concedió
el rey “para acrecentar a sus armas quatro leones de las armas reales” (1467), o
la intención que tuvo el rey de hacerlo conde de La Figuera que no se concretó
por oponerse el Maestre Pedro Girón (marzo de 1473), o la carta que le dirige
Miguel Lucas, la víspera de su muerte, felicitándole por su actitud frente a la
matanza de judíos del año 1473. La selección es muy incompleta y demuestra más
bien que los que prepararon ese expediente no estaban muy al tanto de la
documentación existente, que Escavias conservaba y que le causaban tanto
orgullo, como lo manifiesta en su testamento:
Yten mando que todos los emboltorios de qualesquier
escripturas que fallaren en mis arcas e las cartas mensajeras así de los Reyes,
nuestros señores, como de otros grandes señores destos rreynos que me oviesen
enviado, que las guarden la dicha mi muger e el dicho mi fijo e no las rronpan
ni quemen ni echen a mal, porque no es rrazon que cartas de tan altos prinçipes
e de semejantes señores sean maltratadas ni echadas a perder.” (p. 74).
Escudo de armas de los Escavias (Blas de Salazar)
Además de pedir un traslado de los documentos
enumerados, la parte de los Escavias Carvajal “hiço presentaçion de un quaderno
de escripturas e testimonios escriptos en papel signados e firmados de
Françisco de Navarrete y Sancho de Ayala escriuanos publicos del cavildo de la
dicha çiudad de Vaeça”.
Este cuaderno contiene “entre otras
escripturas” las cuatro siguientes, transcritas in extenso en el acta
del pleito: los ítems 5, 8 y 13 de la lista, más la celebración de la entrada
del rey Fernando en Andújar. No se explica cómo estas dos operaciones – la
petición de las piezas y la comunicación del cuaderno – pudieran ser
simultáneas ni por qué se pide un traslado de algunas que ya posee la parte,
avaladas además por escribanos públicos. La explicación reside sin duda en la
naturaleza del documento, que es una copia – por lo demás, bastante
descuidada y realizada por distintos amanuenses – sin carácter oficial de
las diversas piezas del pleito, ordenadas cronológicamente, pero sin indicación
de fecha ni otra caracterización, lo que crea la sensación de un continuum
que resulta artificial.
Epílogo
Los perdedores
La sentencia definitiva pronunciada por la
Audiencia Real es favorable a los hermanos Escavias Carvajal: los alcaldes de
los hidalgos “declararon a los dichos don Luis Escavias e Carvajal e sus
hermanos por hombres hijos dalgo”. Además, el concejo de Osuna y el de Rus
fueron condenados a abonar, “por las costas proçesales y personales”, 32.226 y
56.402 maravedís respectivamente.
Especialmente severa fue la sentencia contra el
lugar de Rus. No solo impuso una cantidad superior a la que correspondió a la
villa de Osuna, sino que eximió del pago al concejo y lo exigió de los
oficiales del lugar que fueron juzgados responsables a título personal:
Otrosi por esta dicha nuestra carta exsecutoria
mandamos a Juan Alonso de Vilches y Gregorio Yvañez, alcaldes ordinarios, y
Françisco Velez y Pedro de Chiclana, rregidores, todos oficiales que paresçe
fueron del concejo del dicho lugar de Rrus el año passado de mill e quinientos
noventa e dos que fueron en mandar enpadronar e rrepartir en pechos de pecheros
don Diego Lucas Escavias Caravajal y don Alonso Escavias Caravajal y los demas
sus hermanos y dieron poder para seguir este dicho pleito contra ellos,
que luego como con esta dicha nuestra carta esecutoria
fueren rrequeridos por parte del dicho don Alonso Escavias Caravajal y los
demas sus hermanos que han seguido este dicho pleito con el dicho conzejo del
dicho lugar de Rrus le den e paguen a el o a quien su poder y de los dichos sus
hermanos oviere los dichos cinquenta e seis mill y quatroçientos y dos
marauedis y medio de las dichas costas procesales y personales en que fueron
condenados,
los quales les paguen de sus propios bienes y hacienda
y no del dicho concejo
e, sy luego no los dieren e pagaren como dicho es, por
esta nuestra carta mandamos a quales quier nuestras justiçias del dicho lugar
de Rrus o de la ciudad de Vaeça que haga entrega exsecuçion en las personas y
bienes de los suso dichos y los vendan y rremasen en publica almoneda o fuera
della y de los marauedis de su valor e agan pago al dicho don Alonso Escavias
Carauajal por si y en nonbre de los sus hermanos de los dichos çinquenta e seis
mill y quatroçientos y noventa y dos marauedis y medio.
Si la cantidad exigida al lugar de Rus fue
superior a la exigida a la villa de Osuna, será porque los bienes que poseían
los hermanos Escavias Carvajal allí eran superiores a los que poseía su hermano
Luis en Osuna. Conviene preguntarse también si un tratamiento tan severo no era
una forma de venganza por parte de los Escavias Carvajal de la que el tribunal
se hizo eco. El que el cabildo de Baeza haya desistido de intervenir abona esa
hipótesis, al sugerir que existía un conflicto personal en el que no le
convenía intervenir, para no tener que optar por ninguna de las partes con las
que mantenía una relación estrecha: el abuelo y el padre de los hermanos habían
sido veinticuatro de la ciudad y Rus pertenecía a la jurisdicción de la ciudad.
Repartida a igualdad la cantidad entre los
cuatro interesados, correspondía a cada uno más de 14.000 maravedís. A título
comparativo, los censos perpetuos que cobraba anualmente Juan de Carvajal sobre
las tiendas del mercado de la ciudad, que era su principal ingreso monedado,
ascendían en total a 18.000 maravedís. La sentencia incluye la posibilidad de
recurrir al embargo de los bienes de esos oficiales y a su venta en pública
almoneda, lo que certifica el alcance de la penalidad. Por lo visto, la
denuncia de una hidalguía usurpada era un acto grave y los que la formulaban se
exponían a graves consecuencias dentro de un contexto político y social siempre
dispuesto a favorecer al estado nobiliario. Quizás nos cuente el pleito la
represión de una revuelta iniciada por los hombres buenos a los que su riqueza
relativa abría las puertas del cabildo de Rus pero que seguían sometidos a los
pechos y tributos.
IV. María de Escavias y su descendencia
Primera generación
En el testamento, María de Escavias, viuda de
Diego Mexía, figura junto con su hermano Francisco y su hermana Catalina, pero
su muerte ocurrida durante su viudez obliga a su padre a añadir un codicilo,
para ordenar entre sus hijos el reparto de la herencia que le correspondía
(“despues que la dicha mi fija murio”). La muerte prematura del padre, a
1485, y de la madre, ocurrida entre la firma del testamento (1485) de Pedro de
Escabias y la del codicilo (1488), afectan seriamente el futuro de los siete
huérfanos, todos nacidos antes de 1485, en particular la posibilidad de dotar
dignamente a las seis niñas en vista a su casamiento. Esta explica sin duda que
tres de ellas, María, Isabel y Ana, ingresaran en una orden religiosa, que se
supone sería el convento de las clarisas de Andújar. La suerte de la más joven,
Leonor, no está decidida aún. Solo el único hijo varón, Francisco, y las dos
hijas mayores, Teresa y Catalina, pueden aspirar a integrarse en la sociedad
mediante un matrimonio y una descendencia.
En esos años muere también la mayor de las
hijas de María, Teresa, que ya estaba casada, posiblemente con Luis de Nicuesa,
lo que se tradujo por la incorporación al árbol familiar del hijo y heredero
único de la difunta, también llamado Pedro de Escavias como su bisabuelo y su
tío. El alcaide lo designa nominalmente en un añadido colocado (¿in extremis?)
en el margen del codicilo que firmó el 27 de febrero de 1488 (cf. supra)
y le otorga una manda especial.
Generaciones siguientes
Hasta aquí la información que proporciona el
testamento y el codicilo. Para completarla habrá que recurrir a otras fuentes,
lamentando que falten casi todas las notariales o las de nacimientos y
bautismos que mucho nos ayudarían a seguir el hilo de las transmisiones entre
unos y otros
Juan Cañete Escabias
Por casualidad puede ocurrir que se descubra
un documento aislado que abre una perspectiva insospechada, aunque su
interpretación presente ciertas dificultades, como se verá con esta fundación
de vínculo. En 1562, fundan uno Juan Cañete Escabias y su hermana, María de
Moya, cada uno a favor del otro. Es el octavo de los vínculos que se
incorporará a los del señorío de la Merced.
Gracias al testamento dictado por Pedro de
Escavias en 1485, sabemos que la hija tercera de su difunta hija María, de
nombre Catalina de Escavias, estaba casada con un Pedro Cañete. Esa unión tuvo
lugar entre la redacción del testamento (1485) y la del codicilo (1488). El
alcaide toma pretexto del casamiento de esa nieta suya
y su recién adquirida autonomía financiera para revocar en su codicilo la
sesión hecha anteriormente de una casa suya y traspasarla a Francisco,
hermano de Catalina. La asociación del apellido Cañete con el de Escavias
sugiere fuertemente que Juan era hijo o nieto por línea de varón de ese
matrimonio. Es cierto que han corrido unos noventa años entre la fecha probable
de la unión de Pedro Cañete y Catalina Escavias y la muerte de Juan, quien
testa en 1579, por consiguiente, un espacio de tiempo suficiente para imaginar
que cupiera por lo menos una generación intermedia entre los supuestos padre e
hijo.
Este es un buen ejemplo de la sima de perplejidad
en que nos sume una documentación parcelaria y de la necesidad de recurrir a
otras fuentes para completarla. Es la esperanza que suscita la que se conserva
sobre el linaje Quero de la Vega, del que emana el señorío, luego marquesado,
de la Merced (cf. infra).
V. Los Quero de la Vega
Sobre ese linaje, existe una documentación
significativa, reunida por algunos de sus miembros en los siglos XVI y XVII. Debo
el conocimiento del más importante a Rosalía Calzado y Manuel Rodrigo Figueroa,
que lo han localizado en el archivo de Murcia. Unos Quero Escavias, indianos de
Santa Marta (hoy en Colombia), procuran convencer a sus contemporáneos de que
descendían del alcaide Pedro de Escavias y de que se les debía considerar como
auténticos andujareños. La información que proponen debe considerarse con
prudencia, pero, recortándola con otros documentos aislados, resulta posible
atar hilos que, sin ella, habrían quedado sueltos.
Fuentes
Probanza fecha a pedimento de don Jorge Núñez
Velázquez de Quero (1671)
Es una memoria de 267 páginas compuesta en
1671 por Fernando Antonio de Quero Escabias, cabeza del linaje de los Quero,
señor de la Merced, aficionado a la historia de su casa. Las Partes principales
que lo componen son las siguientes:
– Varias genealogías
presentadas para la concesión del hábito de Santiago, desde 1623 hasta 1670
(7v-19r):
– Documentos relativos a Pedro
de Escavias presentados por Fernando Antonio de Quero para su traslado
(19r-21v): Entrega de la alcaidía de Andújar a Pedro de Escavias en 1450 (20
hojas); Pleytomenaje que hicieron 66 caballeros hijos dalgo a Alonso de Aguilar
en 1473 (4 hojas); un cuaderno con una selección de las cartas de los señores reyes
de Castilla dirigidas principalmente al alcayde.
– Traslado de la ceremonia de entrega de la Alcaidía de la ciudad de
Andújar a Pedro de Escabias en 1450 (22r-32v).
– Petición (1628) de Don Luis de Quero Escabias por un traslado de las
34 cartas dirigidas principalmente a Pedro de Escabias (42r-44r);
sigue el traslado (44r-57v)
– Memorial del linaje de Don Fernando Antonio de Quero Escabias con las
armas de los Quero (58r-107v)
– Deposición de los testigos designados (120r-260r)
– Diversos árboles genealógicos (262-267)
Origen y descendencia de los Queros de la Vega
Es un sumario redactado en vida del segundo
Marqués de la Merced, Pedro Estanislao de Quero (primera mitad del siglo
XVIII), conservado en el archivo del Marquesado de Selva Nevada.
Árbol de su linaje, genealogía y descendencia
Reúne los árboles dibujados a petición de
Fernando Antonio de Quero Escavias e incorporados al final de la Probanza (29
de diciembre de 1671).
Inventario y relación puntual a que al
presente se compone el Marquesado de la Merced (1764)
El inventario, redactado en 1764 de los
vínculos que formaron la base económica del marquesado de la Merced, identifica
a los fundadores de cada uno y a los herederos designados. Manuel Rodrigo
Figueroa ha transcrito y propuesto una síntesis de ese documento: Copia de
la escritura del Inventario y relación de todos los vínculos y mayorazgos […].
Salcedo de Olid, Manuel, Panegirico historial de N.
S. de la Cabeza de Sierra Morena, Madrid, 1677.
La dedicatoria a Fernando Antonio de Quero
Escabias, que era cabeza del linaje cuando se redactó la Probanza a la
que contribuyó aportando varios documentos antiguos que conservaba en su
archivo.
Los Quero de la Vega en tierras giennenses
A mediados del siglo XV, algunos miembros del
linaje Quero de la Vega, varios de ellos caballeros de la Orden de San Juan,
abandonaron el valle de Carriedo (Santander) para prestar su servicio en la
frontera de Granada. Uno de ellos se asentó primero en Baena y luego en
Andújar, donde no se les acogió con excesiva amabilidad, a juzgar por una
carta, con fecha de marzo de 1467, donde Enrique IV recomienda a Pedro de
Escavias que incorpore a Juan de Quero, comendador de Malagón de la orden de
San Juan, en las expediciones que organiza a tierra de moros. No cabe duda de
que el alcaide no veía con demasiada simpatía a esos forasteros que pretendían
entrometerse en asuntos de su incumbencia y llevarse parte del botín.
Esas frías relaciones fueron calentándose
rápidamente y se concretizaron, en fecha desconocida, según el Inventario y
relación…, con el matrimonio de Isabel Serrano, sobrina del alcaide, hija
de su hermana Beatriz y de Pedro Serrano, con el hijo segundo del comendador de
Malagón, Estevan de Quero Torrillo. La exacta designación de la hermana del
alcaide, que en general los genealogistas suelen reproducir mal, nos incita a
creer lo que adelanta el autor. En cambio, no nos dice si ese matrimonio tuvo
hijos y como se les llamaba, en particular si el apellido conservado de su
madre por la novia fuera Carrillo o Escavias.
Esta unión no parece haber tenido por efecto
asociar durablemente a los dos linajes, porque los hijos y nietos del
matrimonio eran designados como Quero Serrano sin que se mencionara el apellido
Escavias (Probanza, 102r):
Doña Maria de Quero Serrano, hermana del dicho
Fernando de Quero Serrano (hijos ambos de el dicho Esteban de Quero que caso en
Anduxar con Isabel Serrano) …
Las primeras apariciones del apellido Escavias
documentadas dentro del árbol de los Quero pertenecen a la segunda mitad del
siglo XVI y corresponden a la generación de los nietos de Catalina de Escavias
cuyo matrimonio con Pedro [Nabarro] de Cañete
viene señalado en el codicilo de 1488. Don Juan de Quero Turrillo, hijo mayor
de Esteban de Quero a quien se debe el traslado a Andújar de esa familia desde
Baena donde residía, fue el primer señor del heredamiento que dio su nombre al
señorío y al marquesado, por una ermita antigua en él ubicada dedicada a
Nuestra Señora de la Merced. Se casa con Catalina Nabarro de Escavias, biznieta
del alcaide y nieta de la hija del alcaide, María e hija de Catalina de
Escavias y Pedro Nabarro de Cañete. El fundador del vínculo y mayorazgo de la
Merced firma su testamento en 1580, por lo que se supone que había nacido a
principios del siglo (entre 1510 y 1520). Las fechas coinciden con las del
testamento: Catalina de Escavias y Pedro Nabarro Cañete se habían casado poco
antes de 1488, y su hija, de nacer en torno a 1490, estaba en edad de procrear
veinte años más adelante.
Esa unión del que sería pariente mayor de los Quero
de Andújar con Catalina de Escabias dice a las claras el beneficio que pensaban
sacar los recién llegados emparentándose con una familia eminente de la ciudad.
Lo confirma, siempre según el árbol de los Quero, el que, en la generación
siguiente, la unión entre los dos linajes se confortó con el matrimonio de dos
nietas de Catalina de Escavias y Pedro de Cañete, Catalina y Leonor, con Luis
de Quero y Escavias y Fernando de Quero y Escavias respectivamente.
Este acto fundador de una relación estrecha
entre miembros de los dos linajes que se observa durante dos siglos se
manifiesta en la tradición onomástica que los caracteriza. La primera de esas
manifestaciones es la asociación de los apellidos Quero y Escavias que
terminarán por fundirse. La segunda es la resurgencia de algunos nombres
incluso a una gran distancia cronológica, como el de Catalina. Cada generación
desde la de Pedro de Escavias cuenta con una Catalina: una de sus dos hermanas,
Catalina Rodríguez; una de sus hijas; una de sus nietas, hija de su otra hija
María. Estas dos llevan el mismo nombre y apellido, Catalina de Escavias. El
testamento del alcaide no nos informa más allá de esa tercera generación. La
documentación que concierne la casa Quero, aunque menos precisa, nos ayuda a
seguir el hilo de esa transmisión.
Los vínculos y sus titulares
El mayorazgo como institución concebida para
vincular ciertos bienes al mayor de los hijos y no permitir que fueran
enajenados no deja de estar reservada a la nobleza de sangre o de título hasta
finales del siglo XV; en cambio, conoce un gran desarrollo a partir del siglo
XVI. Es un fenómeno que se observa en el caso del linaje Escavias. El alcaide
Pedro no piensa en fundar un mayorazgo a pesar de la notable hacienda y los
numerosos cargos que había ido acumulando, si bien, en su testamento, procura
vincular un máximo de lo que deja a la persona de su hijo mayor, mediante una
estricta aplicación del “tercio de mejoría”. Tampoco lo hace ninguno de sus
herederos inmediatos. Al parecer, el primero en aprovechar esa posibilidad
jurídica es su biznieto, Luis Escavias Carvajal, nieto de su hija Catalina, el
año de 1549. Ese mayorazgo se mantiene a lo largo de varias generaciones hasta
transformarse en el marquesado de la Garantía.
Esta práctica y el proceso que nace de ella se
repetirá en otras ramas del linaje en aquellos años. Consiste en crear un
vínculo en el que se reúnen unos cuantos bienes claramente identificados “en la
cabeza de” uno de los hijos y designar a los potenciales herederos (“los
llamamientos”), en caso de que se interrumpa la línea de los herederos
primitivamente designados. Como se contemplaba la posibilidad de añadir nuevos
bienes a los vinculados, la riqueza acumulada terminó por favorecer la
obtención de algún título.
En lo que respecta el señorío de la Merced,
conocemos la identidad del fundador de cada vínculo que lo compone, la fecha de
su fundación y los herederos designados merced al Inventario y relación
puntual de todos los Vinculos y Mayorazgo de que al presente se compone la Casa
y Marquesado de la Merced, redactado en 1774. Me ha valido además de su
utilísima síntesis por don Manuel Rodrigo Figueroa.
A la lectura de ese Inventario
sorprende que la mayor parte de los vínculos fundados en el siglo XVI lo fueran
por personajes ajenos al linaje Quero: Maina Juárez (vínculo 13, 1558), Juan
Cañete Escavias (v. 8, 1562), Aldonza Serrano (v. 14, 1563), Fernando Alonso
Jurado (v. 12, 1564), Miguel Lara Colodro (v. 11, 1570), Alonso Navarro
Escavias (v. 7), Francisco Campanario Colodro (v. 10 1580), María Pasillas y
Bartolomé Navarro Escavias (v. 6, 1588). Solo cuatro de ellos son obra de un
miembro de ese linaje: Plomeros (vínculo 2, 1563) por Catalina Rodríguez de
Quero; El Montecillo (v. 3, 1579) por Diego de Quero Carvajal; La Merced (v. 1,
1580) por Pedro de Quero Turrillo y Escabias, y el de Maroteras y Pastelejo (v.
5, 1584) por Cristóbal de Quero. Lo mismo ocurre con los tres vínculos fundados
en el siglo XVII. El de Martín Gordo (v. 9, 1644) fue fundado por Lorenzo
Cañete Escabias, el vínculo 15, por María Cacho de Quero (1681) y el de Ambroz
(1602) por Juan de Quero Escabias lo que no traduce una presencia mayoritaria
de los representantes de ese linaje.
Las cosas cambian a mediados del siglo XVI,
cuando varios de los vínculos recaen en Catalina de Quero Escavias, hija mayor
de Luis de Quero Escabias, y octava señora de la Merced, por la muerte de su
hermano mayor en 1625, porque su otro hermano era de la orden de San Juan y
porque ella la mayor de las hijas del anterior titular, Luis de Quero Escabias.
Sus sucesores inmediatos, Fernando Antonio de Quero Escabias, Luis Cristóbal de
Quero, Pedro Estanislao de Quero y Valenzuela, van a cumular la casi totalidad
de los vínculos, lo que contribuyó a fijar los bienes del futuro marquesado,
cuyos primeros titulares serán los dos últimos mencionados. Es un dato
clave porque la aparición de Catalina interviene en el momento en que el linaje
de Quero está alcanzada su plena extensión.
Probanza de los Núñez Velázquez de Quero (1671)
NB. El apellido de Quero tiene corrompido el propio
nonbre porque se a de pronunciar Cuero y asi se escribe en el libro de Armas
(Certificación del rey de armas Antonio de Sotomayor, en Madrid a 6 de febrero
de 1571, reproducida en la Probanza, fol. 57 r). Esta opinión confirma
que la grafía antigua ‘Quero’ debe leerse ‘Cuero’.
En 1671, cuatro miembros del linaje Quero,
todos pertenecientes a la rama de los Núñez Velázquez de Quero, redactan una
probanza de nobleza, de la que se conserva una copia del mismo año. Estos
cuatro hermanos, tres varones y una hembra, son hijos de “Diego Nuñez
Velazquez, gobernador y capitan general de la Provincia de Santa Marta [de las
Indias, hoy en Colombia], y de Doña Maria de Quero, nuestra madre su legitima
mujer, vecina y natural de esta ciudad de Anduxar”. Todos los varones han
ocupado cargos relevantes en la provincia de la que el padre ha sido
gobernador:
Don Jorje Nuñez Velazquez de Quero, caballero de la orden de Santiago,
residente en la ciudad de Andujar y natural de la ciudad de Santa Marta de las
Indias, por mi y en nombre de
don Francisco Nuñez Velazquez de Quero, mi hermano, caballero de la
orden de Calatraba, gobernador que ha sido de Andaguaylas en los reynos de las
Indias,
y de el capitán don Diego Nuñez Velazquez de Quero, mi
hermano maior, alférez rreal de la dicha ciudad de Santa Marta, encomendero de
Concha y Tamaca, teniente de el Rio de Lastacha y su grangeria de perlas por el
gobernador de aquella ciudad y prouinçia, confirmado por su Magestad.
Su hermana, Juana, viuda, ha sido la esposa de un caballero de Estella
(Navarra) y tiene un hijo Fermín (nombre eminentemente pamplonés), también
caballero de Santiago, que se dispone a salir para las Indias.
Los títulos de esos hermanos, que don Jorge
enumera con cierta fruición, impresionan y nos dan a conocer una característica
de Andújar que no se sospecha en una ciudad de tierras adentro, por mucho que
esté enlazada con el océano por el Guadalquivir, la de abrigar en su seno vocaciones
de conquistadores.
Aquí interviene un elemento inesperado. Enterado
de la existencia de la información realizada por Jorge Núñez y sus hermanos, don
Juan Velluga i Moncada, “regidor perpetuo de la ciudad de Motril, familiar del
numero de la ciudad de Granada, vecino de ella”, pide una copia del documento,
por cuanto doña Antonia de Escabias y Figueroa, su mujer, “es descendiente
legitima de el dicho Alcayde Pedro de Escabias como de la dicha informacion
consta y de el arbol de los Escabias presentado por el dicho don Fernando
Antonio de Quero Escabias” (2v), lo cual demuestra que la información no dejó
de tener cierto eco, hasta el punto de despertar la atención de algunos
parientes lejanos, deseosos de aprovecharla a título personal. Esa copia es la
que conserva el Archivo de Murcia. No nos quejemos porque, a esa iniciativa de
don Juan Velluga y Moncada y su esposa debemos poder consultar una copia del
documento.
Estas precisiones que reproduzco aquí pueden
parecer nimias. No lo son, en primer lugar, porque sirven para caracterizar el
proyecto y distinguirlo de otras escrituras que la ambición nobiliaria ha
inspirado en aquellos siglos y, muy particularmente, de las tres que analizo en
este trabajo. La carta ejecutoria de 1592 es un documento público que emana de
la chancillería real a consecuencia de un juicio público provocado por unas
medidas administrativas adoptadas por los concejos de Osuna y Rus. La probanza de
1575 es una iniciativa de Juan de Carvajal que quiso curarse en salud ante
posibles medidas contrarias a sus intereses. Este documento de los Quero
también resulta de una iniciativa privada, pero interviene en circunstancias
muy distintas que influyen ciertamente en sus motivaciones. Así se expresa
Jorge Nuñez (fol. 3v):
Digo que el dicho don Fermin y yo estamos de partida
para las Indias donde nacimos, para seruir en ellas a Su Magestad y; porque
nuestra ausencia ha de ser larga tanto que tenemos entendido solo abra de
bolber a España alguno de nuestros descendientes, y con el discurso de el
tienpo y de los años se podra perder la noticia de nuestra calidad e linaje y
el derecho que tenemos a muchas y a muy considerables haciendas como hijos
legitimos que somos, los dichos Don Diego, Don Francisco, Doña Juana y yo, de
Diego Nuñez Velazquez, gobernador y capitan general de la Provincia de Santa
Marta, y de Doña Maria de Quero, nuestra madre su legitima mujer, vecina y
natural de esta ciudad de Anduxar…
Dos de los firmantes no piensan volver nunca a
la metrópoli, sin que por ello dejen de sentirse estrechamente unidos a ella.
Lo que los guía, en parte, es una preocupación económica y, para satisfacerla,
necesitan que su “calidad e linaje” queden avalados por unas escrituras
legales. La misma preocupación incita a Juan Velluga i Moncada a pedir una
copia auténtica del documento, con el fin de servir los intereses de su esposa
y suyos.
Sin embargo, además de esa visión interesada,
se vislumbra, por parte de los indianos, una dimensión afectiva, llamémosla
amor u orgullo que sienten por su lejana patria chica, la ciudad de Andújar. Los
Quero, por muy indianos que sean, sienten un apego fortísimo por ella, muy
superior, sin lugar a dudas, al que sienten por el valle montañés de Carriedo, cuna
del linaje, que en todo el documento, se cita una sola vez el. Por otra parte,
numerosas son las referencias al alcaide Pedro de Escavias, considerado como el
verdadero fundador de la casa, opinión que comparten los Quero andaluces, como
lo demuestra la reacción del regidor perpetuo de Motril.
Contenido del volumen
Diversas peticiones de traslados de escrituras (2v-7v)
Varias genealogías presentadas para la concesión del hábito de Santiago
(7v-19r):
Jerónimo de Quero, gobernador de Santa Marta, en 1623
Luis de Quero Escabias (1670)
Antonio de Subiça (1669)
Juan de Subiça (1669)
Francisco Núñez Velázques de Quero (1670)
Exhibición de papeles 1671 por Fernando Antonio de Quero Escabias (19r-21v)
Pleytomenaje que hiço el Alcayde Pedro de Escabias (20
hojas)
Pleytomenaje que hicieron 66 caballeros hijos dalgo a
Alonso de Aguilar (4 hojas)
Un cuaderno con una selección de las cartas de los señores
reyes de Castilla a el Alcayde
Traslado de una merced de Alcaydia de la ciudad de Anduxar, de su
castillo y fortaleça hecha a Pedro de Escabias (22r-32v).
Petición de copias del acta por Pedro de Escavias a Fernando de
Villafañe (31v-35v)
Petición de una copia del pleytomenaje de los hijos dalgo a Alonso de
Aguilar “que para y esta en el archivo del señor marques de Priego” (Alonso
Fernández de Córdoba y Figueroa), 1631, que firmó con otros Juan de
Cañete, cuarto abuelo de los firmantes (35v-42r)
Petición (1628) de Don Luis de Quero Escabias por un traslado de las 34
cartas dirigidas principalmente a Pedro de Escabias (42r-44r);
sigue el traslado (44r-57v)
Memorial del linaje de Don Fernando Antonio de Quero Escabias con las
armas de los Quero (58r-107v):
119 fichas nominativas, entre las que se han
transcrito algunos documentos: compromiso de lealtad entre los caballeros de
Andújar, 1466 (63v-69r); carta del virrey de Sicilia al capitán Cristobal Cacho
de Santillana, 1555 (89v-90v); memoria de la venida del Infante Enrique a Andújar
en 1443, transcripción parcial (100r-101r); pleytomenaje de los caballerose
Andújar a don Alonso de Aguilar, 1473, transcripción parcial (101r-102r).
Algunas fichas vienen reunidas en series: Descendencia
de los Escavias: Escavias de Porcuna; Escabias de Córdoba; Escabias de Motril;
Escabias de Baeça; Escabias de Anduxar; Queros de Medina del Campo (107v-108r);
Queros de Madrid: Rodrigo de Quero; Juan de Quero; Gregorio de Tapia
(108r-109r); Otra casa de Quero (Asturias) (109r); Queros en la conquista de
Córdoba (109r-109v)
Interrogatorio de los testigos
Preguntas (109v-119v)
Declaraciones de los testigos (120r-260r)
Manuel Salcedo de Olid (120r)
Miguel Jurado de Valenzuela (137r)
Fernando Antonio de Quero Escabias (154v)
Alonso Sirbente de Ocanpo y Escabias (168r)
Manuel Antonio del Villar Santa Marina y Escabias (180r)
Antonio de Cárdenas Manrique (192r)
Jorge Perez Serrano y Albarracin (204v)
Antonio de Albarracin y Valenzuela (217v)
Bartolomé de Jabalera (229v)
Pedro Núñez Criado (242r)
Juan de Valenzuela Mendoza (254r)
Comentario del contenido de la Probanza
Las partes principales y más extensas del
volumen son el memorial y las declaraciones de los testigos.
Se podía esperar que el memorial tomara la
forma de una narración histórica, la realidad es muy diferente. Si bien
Fernando Antonio de Quero Escabias evoca la cuna montañesa del linaje, le
dedica muy poco espacio comparado con el que reserva a su descendencia
giennense, bajo la forma de más de un centenar de fichas individuales con la
indicación de la descendencia de cada uno de ellos, empezando por Juan de Quero
y Gonzalo de Quero, Prior de San Juan, que se ilustraron bajo Enrique III y
Juan II. De hecho, no hace más que trasponer el árbol del linaje y sus diversas
ramificaciones.
Queda claro que el redactor dispone de una
documentación notable, como el testamento de Esteban de Baena Quero (1552),
quien llegó a ser Prior de Santa María de Andújar, donde se ilustró por sus
obras pías después de hallarse de capitán en el Saco de Roma, quizás para
desquitarse de esto con aquello. También hace uso de una memoria familiar que
ha registrado las hazañas de algunos miembros del linaje, que se caracteriza
desde el principio por su vocación guerrera.
La primera mención del linaje Escabias
coincide con la del matrimonio de Juan de Quero con Catalina de Escabias,
biznieta del alcaide Pedro de Escabias. Sin detenerse en la unión de Juan y
Catalina, el autor del memorial se dedica a celebrar la nobleza del linaje, con
una exposición que curiosamente recuerda la respuesta del testigo Alonso Medina
a la pregunta 26 de la ejecutoria de hidalguía de los Flores de 1475 mencionada
más arriba:
[…] Alonso Carrillo de Escabias que fue el primero que
uino de Cuenca por donde pasa el rio Escabias de quien tomaron el renonbre y
apellido de Escabias (Probanza, 62r)
Juan Gonzalez de Priego de Escabias era cauallero del
linage y casa de Carrillo descendiente de los Señores de la uilla de Priego
junto a Cuenca cerca de la qual passa el río Escabias […] dexando su propio
apellido tomauan el apellido de su lugar e señorio (Ejecutoria, 47r)
Luego, después de describir las armas de los
Escabias y las circunstancias en las que fueron aumentadas, extrae del Nobiliario
(sic) de Argote de Molina las hazañas del alcaide y de su padre y reproduce
literalmente el “compromiso de lealtad de los caballeros de Anduxar” al rey
Enrique IV (1473. Enumera a los hijos del alcaide, en cuya lista atribuye a
Francisco de Escavias un hijo varón llamado Juan, padre de una hija, Violante,
y de un hijo, Pedro de Escavias, etc., información que se repetirá en todas las
descripciones posteriores de la descendencia del alcaide. Desde el momento en
que se introduce a miembros del linaje Quero, es decir a los hijos y nietos de
María de Escavias, los datos aportados permiten precisar la identidad de
ciertos personajes que habían quedado en suspenso, como los esposos de las dos
nietas mayores de Pedro de Escavias y Teresa de Contreras, Pedro Nabarro
(Cañete) y Luis de Nicuesa, así como la hija del primero.
A continuación, alejándose de los Escavias stricto
sensu sigue el hilo de la descendencia, reservando un capítulo a cada
figura dominante, recordando sus actos más notorios y listando su descendencia.
A partir de ese momento, la magnitud de la descendencia del linaje Quero en sus
distintas ramas le ofrece materia para pintar un cuadro repleto de nombres y
títulos, cuya expansión alcanza las Indias donde algunos de ellos ocuparán
cargos importantes. La información resulta bastante confusa, al obligar al
lector a volver hacia atrás cada vez que se agota el capítulo de una sucesión y
se necesita retomar el hilo a la altura de otro antecesor, sin referencia a
fechas precisas que pudieran guiarlo. Ocupa los folios 71r a 109r.
Prosigue el documento con los interrogatorios
de los testigos, que deberán responder a las 24 preguntas que se transcriben a
principio del capítulo, según una fórmula habitual en las ejecutorias de
hidalguía. Los testigos son Manuel Salcedo de Olid,
alguacil mayor del Santo Oficio; Miguel Jurado de Valenzuela, vecino de
Andújar; Fernando Antonio de Quero Escabias; Alonso Sirbente de Ocanpo y
Escabias, vecino y regidor de Andújar, alcalde de la Santa hermandad en el
estado de los caballeros hijos dalgo; Manuel Antonio del Villar Santa Marina y
Escabias, , regidor perpetuo de Andújar; Antonio e Cárdenas Manrique, caballero
de la orden de Calatrava, vecino de Andújar; Jorge Perez Serrano y Albarracin,
caballero de la orden de Calatrava, regidor perpetuode Andújar y familiar del
Santo Oficio de la Inquisición de Córdoba; Antonio de Albarracin y Valenzuela,
vecino de Andújar, caballero de la orden de Santiago y familiar del Santo
Oficio de la Inquisición de Córdoba; el licenciado don Bartolomé de Jabalera,
presbítero, vecino de Andújar, oficial y ministro del Santo Oficio e la
Inquisición de Córdoba, con título de honesta persona de esta ciudad; Pedro
Núñez Criado, vecino de Andújar; Juan de Valenzuela Mendoza, caballero de
Calatrava, familiar del Santo Oficio de la Inquisición de Córdoba y vecino de
Andújar. Como se ve, varios de ellos tienen un hábito de orden y son familiares
del la Inquisición además de tener parentesco con el autor del documento. Ocupa
los folios 110 a 261.
Entre las preguntas, solo unas pocas
conciernen a los descendientes inmediatos de Pedro de Escavias y pueden servir
a prolongar el árbol proporcionado por el testamento y el codicilo. La 10 y la
12 tratan de la sucesión de María y de su hija Catalina, casada con Pedro
Nabarro (Cañete); la 14, de Francisco; la 16, de Catalina. Las transcribo aquí:
10. Si saben que Doña Catalina de Escabias, mujer que
fue de Juan de Quero Turrillo y madre de el dicho Luis de Quero Escabias el
Viejo, fue hija de Pedro Nabarro y de Doña Catalina de Escabias, la qual
era /114r/ hija de Diego Mesia Carrillo, hijo de Gonçalo Mesia de Santofimia y
de Doña Maria de Escabias, hija de el dicho Alcayde Pedro de Escabias, que lo
fue del castillo de Anduxar, de el qual por esta raçon fueron bisnietos el
dicho Luis de Quero Escabias El Viejo y los dichos Don Melchor y Don
Alonso de Quero Escabias, caballeros del auito de San Juan.
12. Si saben que la dicha doña Catalina de Escabias,
mujer del dicho Juan de Quero Turrillo, tuvo tanbien otro hermano, hijo
legitimo de los dichos sus padres, que se llamo Alonso Nabarro de Escabias y
caso don doña María Jurado de Parraga, los quales tuvieron tres hijas, que la
maior fue doña Leonor de Escabias y caso con Fernando de Quero, padre de don
Alonso de Quero Escabias, que caso con doña Catali-/115r/-na de Escabias, hija
del dicho don Luis de Quero Escabias, caballero de la orden de Santiago,
los quales dichos don Alonso y doña Catalina de Quero
Escabias fueron padres del dicho don Fernando Antonio de Quero Escabias, en
cuio poder esta el memorial de su descendencia, árbol del linaje de su
genealogía y pleytomenaje que hiço el dicho alcayde Pedro de Escabias.
14. Si saben que el dicho alcayde Pedro de Escabias y
Teresa de Contreras su mujer, de mas de la dicha doña Maria de Escabias, mujer
de el dicho Diego Mesia Carrillo, hijo del señor de Santofimia y de otras
hijas, tubo un hijo baron que fue Francisco de Escabias, alcalde maior perpetuo
de Anduxar y maestre sala del rey don Enrrique quarto, el qual tubo un hijo que
fue Juan de Escabias, caballero de la orden de Santiago, el qual caso en Jaen
con Catalina Rodriguez de Viedma, cuios hijos fueron Pedro de Escabias y
Violante Rodriguez de Escabias =
y que el dicho Pedro de Escabias fue abuelo de
Leonardo de Escabias que caso en Porcuna con doña Catalina de Bolmas, en cuio
poder estuvo el pleytomenaje original que /116r/ hiço el dicho alcayde Pedro de
Escabias que se llebo a el Real Consejo de las ordenes para el auito de
Calatraba de don Francisco Núñez Velázquez de Quero,
y que del dicho Leonardo de Escabias es nieto don
Diego de Angulo y Escabias, vecino de la villa de Porcuna.
16. Si saben que el dicho alcayde Pedro de Escabias
hubo otras hijas como fueron doña Catalina de Escabias, la qual caso en Baeça
con Pedro Sanchez de Carbajal, padre de Pedro Lucas de Escabias, de quien fue
hija doña Mariana de Carbajal que caso en aquella ciudad con Alonso Sanchez
Chacon
y otra de quien descienden doña Leonor de Escabias y
doña Francisca de Niquesa; digan y den raçon y remítanse a papeles.
Declaraciones de los testigos
Los testigos suelen repetir lo que enuncia la
pregunta o confiesan no tener nada que añadir a ella. Sobre la historia del
linaje de Escabias no aportan nada nuevo, lo que confirma que, a mediados del
siglo XVII, aún para quienes se proclamaban sus descendientes legítimos, la
evocación de esos ya lejanos antepasados se traducía en un esquema discursivo
fijo. La escasa información nueva que algunos proponen concierne la
documentación antigua, en qué consistía y dónde se conservaba.
A Fernando Antonio Quero de Escabias, como
cabeza del linaje, le corresponde velar sobre el archivo común. El testigo
Miguel Jurado de Valençuela confirma que la totalidad de las escrituras usadas
por Jorge Núñez en la Probanza estaban en poder de Fernando Antonio de Quero
Escabias, “que es cabeça y uaron maior del linaje”. Lo confirma el interesado
en su respuesta a la pregunta 3, en la que enumera los documentos que presenta para
su reproducción al escribano de la Probanza:
[el] Pleytomenaje que hiço el Alcayde Pedro de
Escabias para el castillo y fortaleça de esta ciudad, el qual estuvo en poder
de el dicho Don Luis de Quero Escabias, su Abuelo, es asi que ahora esta en su
poder y lo trae con otras cartas de los Reyes para el dicho Alcayde Pedro de
Escabias y otros papeles que trae consigo para exibirlos ante el presente
escribano, juntamente con el memorial que tiene de el linaje de este testigo,
que unos y otros paran en su poder como descendiente del dicho Alcayde Pedro de
Escabias;
el qual pleytomenaje es traslado de el que se llebo a
el Real Consejo de las Ordenes para las Pruebas de el auito de Calatraba que se
hiçieron en esta ciudad a Don Francisco Nuñez Velazquez de Quero =
y que, en quanto a exibir el Arbol del linaje de este
testigo, para que se ponga en dichos Papeles tiene inconueniente por estar
dilatado y no caber ni ser posible que quepa en este proceso, pero que esta
presto a entregar a el dicho Don Jorje una copia y traslado de el dicho Arbol
del linaje sacado con la maior puntualidad que sea posible para cumplir con lo
probeido por el señor corregidor de esta ciudad =
Algunas de esas escrituras, como las cartas de
los reyes a Pedro de Escavias, aparecen ya mencionadas en la carta ejecutoria
de 1571. Otras eran conocidas por los genealogistas del linaje y habían servido
de prueba ante el Real Consejo de las órdenes para la obtención del hábito de
Santiago o de Calatrava. Otras, por fin, son menos conocidas como el acta de
entrega de la alcaidía de Andújar de 1450, del que la Probanza reproduce
una copia. Ha sido objeto de un tratamiento digno de una sagrada reliquia por
los descendientes de Pedro de Escavias, lo que se entiende, porque fue el
primer cargo que recibió el entonces joven y que su entrega dio lugar a una
ceremonia solemne en varios lugares de la que aún no era ciudad. El nuevo
alcaide pidió por lo menos una copia auténtica pocos días después del acto.
Según ciertos testigos, los genealogistas
utilizaron otros escritos ajenos al corpus utilizado por el autor de la Probanza.
En su respuesta a la pregunta 4, Manuel Salcedo de Olid, que se ilustrará, unos
años más tarde (1677) con la publicación del Panegírico historial de N. S.
de la Cabeza de Sierra Morena, menciona el memorial que imprimió en Granada
en 1653 su tío abuelo Alonso de Salcedo Nabarro, así como los “memoriales
escritos por Cristobal Cacho de Quero”, su suegro.
Miguel Jurado de Valençuela evoca un aspecto
insospechado en el uso de esos archivos, los intercambios de que eran objeto
entre los Escavias Carvajal de Baeza y los Quero Escavias de Andújar:
el
dicho Don Luis de Quero Escabias, su suegro, tenia correspondençia con los
Escabias de la ciudad de Baeça y que de aquella ciudad an uenido a esta a
probar la calidad de los Escabias para pruebas de la Inquisiçion como fueron
las que se hicieron en ella a Don Fulano de Carabajal y Escabias, maestre eiscuela
y dignidad de la ciudad de Seuilla, el qual tiene entendido que desciende
/149v/ de Doña Catalina de Escabias, hija de el dicho alcayde, la qual caso en
Baeça…
Esta circulación de la documentación es un claro
testimonio de que los dos linajes mantenían una relación estrecha, siglo y
medio después de que se separaran las dos ramas de Escavias entre Baeza,
Andújar y Porcuna. Debió de contribuir fuertemente a ello la reivindicación del
antepasado común, Pedro de Escavias, concretizada en la religiosa conservación
de los documentos que lo concernían.
Contribución de esa documentación a la historia del
linaje Escavias
La atención prestada a la historia del linaje
por sus miembros más eminentes del siglo XVII, entre los que destaca Fernando
Antonio de Quero Escabias, se traduce por varios escritos, del que el memorial
de 1671 es la más clara manifestación, y también por una búsqueda de documentos
antiguos destinados a dotar al linaje del prestigio de unos antecedentes
lejanos e ilustres. Lo que no parece tan evidente es precisar hasta qué punto
una ambición hagiográfica como no deja de ser la celebración de un linaje por
sus propios miembros puede considerarse como un testimonio histórico
indiscutible. No hay motivo para sospechar la exactitud de lo que Fernando
Antonio y sus contemporáneos saben del pasado reciente de su linaje, es decir
de las dos o tres generaciones que los preceden. Para épocas anteriores, la
cosa es menos segura. Esto significa concretamente que, si parece legítimo
adoptar como verosímil lo que se ha escrito sobre el linaje Quero después de su
traslado a Andújar, conviene ser más prudente en lo que se refiere a la
historia del linaje Escavias, para el período intermedio entre el momento
histórico que alcanzan el testamento y el codicilo de Pedro de Escabias y la
memoria reciente de los Quero.
Señalaré algunos errores que aparecen en
varios lugares de ese memorial, empezando por el interrogatorio de los
testigos, las cuales denotan una información deficiente por parte de estos. Se
afirma que Francisco de Escavias, hijo del alcaide, estuvo casado con Inés
González de Barajas, cuando en realidad lo fue con “Leonor de Mendoça, fija del
honrrado cauallero Rodrigo e Mendoça, rregidor de Baeça”, como viene designada
en el testamento. Al hijo de Francisco de Escavias, nieto del alcaide, se le
llama siempre Juan en lugar de Pedro, sin que se sepa si tiene un hermano con
este nombre. Al ignorar que Catalina estuvo casada dos veces, una con Hernán
Lucas y otra con Pedro Sánchez de Carvajal, al alcaide y a Teresa de Contreras
se atribuye una tercera hija, Teresa (posible confusión con el nombre de la
madre), supuesta esposa del primo del condestable. Se afirma que Catalina se
casó en Baeza con Pedro Sánchez, cuando consta que fueron toda la vida vecinos
de Andújar. Incluso, tratándose de un documento original del que circuló entre
los Quero una copia auténtica, puede prevalecer una interpretación harto
absurda, como cuando se afirma, cada vez que se menciona la concordia pasada en
1473 entre los caballeros hijos dalgo de Andújar, que se hizo “por muerte del
alcayde Pedro de Escabias”, a pesar de que su primer firmante fuera el mismo
alcaide. El lapsus calami del primer redactor – “Pedro de Escavias”
por “Miguel Lucas”, asesinado en marzo de aquel año – se fue repitiendo
sin que nadie fuera capaz de corregirlo. Las informaciones erróneas sobre
Catalina son deducciones en apariencia lógicas que compensan la falta de una
documentación explícita: no es muy corriente que una mujer tuviera dos maridos
y los Carvajales son conocidos desde hace siglos como vecinos de Baeza.
Esos errores obligan a observar una reserva
prudente ante algunas informaciones proporcionadas por los escritos de los Quero
acerca de las generaciones posteriores, a pesar de que vienen a colmar vacíos
dejados por la documentación de los Escavias.
Descendencia de Francisco de Escavias
Aun suponiendo que “Juan” y “Pedro”, hijo de
Francisco de Escavias, fueran la misma persona, ciertos atributos que la
documentación de los Quero le confieren parecen excesivos, en particular el que
fuera “caballero de Santiago”. Habría que averiguar si la carrera personal del
paje del Príncipe Juan mereciera semejante recompensa y si se atribuía con
tanta facilidad bajo el reinado del emperador Carlos como bajo el de sus
descendientes.
La ficha dedicada a “los Escavias de Porcuna”
(Probanza, 69v) tampoco permite identificar con seguridad a ese
Leonardo que obtuvo, junto con su hermano Francisco, la real provisión de 1561
(cf. supra):
El dicho Pedro de Escabias que, como dicho es, fue
hijo de Juan de Escabias y de Catalina Rodrigez (sic) de Biedma, tubo por hijo
a otro Pedro de Escabias que fue padre de Leonardo de Escabias que caso con
doña Catalina de Bolmas, cuia hija es Doña Leonor de Escabias que caso con don
Francisco de Angulo y Escabias, que oy uibe.
No puede tratarse del mismo Leonardo, si su
hija (o su yerno, el texto no queda muy claro) sigue viviendo en 1671, más de
un siglo más tarde..
Sobre Leonardo de Escauias, Blas de Salazar
redacta la siguiente nota (66v):
caso en la villa de Porcuna con doña Luisa de
Bolmas de quien tuvo por sus hijos Pedro de Escauias y don Francisco de
Escauias que murio en Ytalia en serbiçio de su Magestad.
Pedro de Escauias hijo mayor, a casado y tiene
hijas: doña [en blanco] de
Escauias, doña [en blanco] de Escauias.
Confirma la exactitud de esta ficha, que Blas
de Salazar redactó en 1633, la siguiente certificación de un traslado efectuado
el año 1628 de la carta de entrega de la alcaidía de Andújar otorgada por el
entonces Príncipe Enrique a favor de Pedro de Escavias en 1450. Es un documento
importantísimo, ya que era el primer cargo que conseguía el joven alcaide, por
lo que pidió que hicieran copias auténticas para su conservación en su propio
archivo, lo que se hizo unos días después del auto de entrega. Ese traslado fue
conservado como lo estipuló el alcaide en su testamento en el archivo de la
familia.
En 1628, ese traslado seguía en manos de Pedro
de Escavias en la villa de Porcuna. A petición de Luis Quero de Escabias, su
poseedor “lo exibio” para que se sacase una copia. Según la Probanza (35r),
este es el texto de la certificación:
Corregido e conçertado fue este traslado con su
original que para ese efecto exibio ante mi e su merced Rodrigo Perez Bueso,
alcalde ordinario de esta villa, Pedro de Escavias, vecino de ella, por mandado
del dicho alcalde e de pedimento de Don Luis de Quero Escabias=Yo Francisco de
Valladares Sarmiento, escribano publico de esta dicha villa lo hiçe sacar e ua
cierto y uerdadero y fueron de ello testigos el licençiado Juan Bautista
Serrano, presuitero, y Pedro de el Rey, vecinos de esta villa de Porcuna, en
ella, en veinte y un dias de el mes de febrero de mil y seiscientos y ueinte y
ocho años [21-02-1628], y lo firmo su meçed (sic) el dicho alcalde y Pedro de
Escabias el recibo el original y fiçe mi signo= Rodrigo Perez Bueso= Pedro de
Escavias en testimonio de verdad.
Descendencia de Catalina de Escavias
Los Escavias Carvajal, al asentarse a Baeza,
cortan el hilo que les unía a la familia nuclear de los hijos de Pedro de
Escavias, lo que complica la posibilidad de uniones como las que se realizarían
entre la rama de los Escabias que permaneció en Andújar y la de los Quero que
vienen a instalarse en ella. Sin embargo, la dependencia hacia el fundador,
Pedro de Escavias, hace que el redactor de la Probanza no se desinterese
completamente de esa rama disidente, aunque no haya invertido en esa tarea
tanta atención, ni mucho menos, como a la andujareña. Su información, como ya
se ha señalado, es muy aproximativa. Sin embargo, se siente obligado a integrar
las primeras generaciones de los descendientes de Catalina a su proyecto.
El capítulo titulado “Escabias de Baeça” es
escueto y aproximativo. Señala erróneamente que Catalina y Pedro Sánchez de
Carvajal se casaron en Baeza y que Pedro Lucas es hijo del segundo marido de su
madre. Omite citar al verdadero padre de Pedro Lucas, Hernán Lucas. Tampoco
menciona a su hijo, Luis Escavias Carvajal, en cambio, le atribuye una hija,
Mariana de Carvajal, casada con Alonso Sánchez Chacón y posiblemente otra,
aunque la formulación es ambigua (“y tanbien descienden (sic) del dicho Alcayde
Pedro de Escabias”), llamada Teresa, casada con Luis de Nicuesa. Señala que
Teresa y su marido tuvieron dos hijas, Leonor de Escavias y Francisca de
Nicuesa “de quien hay descendientes, sin precisar si Mariana y su marido
tuvieron una.
La redacción de la pregunta 16 sometida a los
testigos es un tanto diferente:
[…] doña Catalina de Escabias, la qual caso en Baeça
con Pedro Sanchez de Carbajal, padre de Pedro Lucas de Escabias, de quien fue
hija doña Mariana de Carbajal que caso en aquella ciudad con Alonso Sanchez
Chacon
y otra de quien descienden doña Leonor de Escabias y
doña Francisca de Niquesa; digan y den raçon y remítanse a papeles.
Se ignora el nombre de la segunda supuesta hija ni a qué generación
pertenecen las dos descendientes señaladas.
El redactor confunde en realidad a esa
pretendida nieta de Catalina con la hija de su hermana María de Escabias,
Teresa, que estuvo casada con Luis de Nicuesa.
Los testigos demuestran su total ignorancia
del tema: Salcedo remite a lo que dice el memorial sin opinar personalmente;
Miguel Jurado solo menciona a Mariana; Fernando Antonio e Quero parafrasea la
pregunta; los demás se abstienen.
Por consiguiente, el único dato que podría
aprovecharse para completar el árbol dibujado a partir del testamento es
contemplar la posibilidad de que Pedro Lucas e Isabel de Carvajal hubieran
tenido, además de su hijo Luis, una hija, Mariana, casada con Alonso Sánchez
Chacón, posiblemente si sucesión.
Descendencia de María de Escavias
Bajo el título de “Escabias de
Anduxar”, el redactor de la Probanza (71r) trata de los descendientes de
la otra hija del alcaide, María, que son los más implicados en la historia del
linaje de Quero. María estuvo casada con un segundón del linaje Mexía, Diego,
“fijo de Gonçalo Mexia e nieto de Diego Gonzalez de Messia, señor de La Guardia
que Dios aya”, como lo caracteriza Pedro de Escavias en su testamento.
Los descendientes de la segunda hija del
matrimonio, Catalina de Escavias, y de su esposo, Pedro Navarro de Cañete, son
los que poblarán el árbol de los Quero hasta la creación del marquesado. Sobre
ellos, el redactor dispone de una información exacta, avalada por la
documentación y por la memoria de sus contemporáneos de la segunda mitad del
siglo XVII.
La línea sucesoria desde Catalina de Escavias
hasta Fernando Antonio de Quero Escabias es la siguiente, según el árbol
adjunto a la Probanza:
El apellido Escavias protagoniza dos momentos
claves de esa sucesión, cada vez mediante la intervención decisiva de una
homónima de la nieta del alcaide y esposa de Pedro Nabarro de Cañete. Su hija
Catalina contrae matrimonio con Juan de Quero Turrillo, que deja Baena para ir
a vivir a Andújar donde le había precedido un tío suyo. Forman el primer
matrimonio Quero Escavias de esta ciudad. Como para celebrar este nuevo curso,
tienen una abundante descendencia: siete varones y tres mujeres. Todos los
varones se ilustran con las armas bajo el reinado de Felipe II. El mayor,
Pedro, muere antes de fundar una familia, dejando al segundo, también llamado
Luis, el vínculo de la Merced y su mayorazgo.
La transmisión por línea de varón se
interrumpe una generación más tarde después de Luis el Mozo, para
distinguirlo de su padre, el Viejo. El señorío y los mayorazgos recaen
en su hija Catalina “porque su hermano primogénito Don Juan murió muy mozo,
serviendo en el socorro de Cádiz el año de 1625; y don Pedro, hermano también
suyo, era del Orden de San Juan”. Añade el autor de Origen y descendencia de
los Queros de la Vega…: “Casó la dicha doña Cathalina, por recobrar la
Baronía, con su pariente Don Alonso de Quero Escabias, señor de los Mayorazgos
de su casa y línea que formaron sus bisabuelos…”.
De esa unión de compromiso fue fruto Fernando
Antonio de Quero Escabias, en cuya cabeza se unieron el señorío de la Merced y
el título de regidor preeminente de Andújar, sin que faltara el de caballero de
Santiago.
Catalina volverá a casarse con Miguel Jurado y
Valenzuela y fundará otra línea tan ilustra como la anterior, ya que descienden
de ella los condes de la Quintería, los marqueses de Santa Rita y otras
familias ilustres de Andújar y Úbeda.
Juan de Cañete
Hacia la hipótesis de una generación
intermedia entre Pedro Navarro Cañete y Juan de Cañete ya señalada, apunta el
árbol del linaje de los Quero de la Vega, que indica que Catalina de Escabias y
Pedro Nabarro de Cañete tuvieron, además de tres hijas, un hijo llamado Alonso
Nabarro de Escabias. Este, a su vez, tuvo una descendencia pero el árbol solo
reproduce el nombre de tres hijas, María, Leonor y Catalina, sin mencionar a
ningún varón llamado Juan. Esto no significa que no existiera, ya que el
genealogista no suele recoger a los hijos solteros o sin descendencia, lo que
parece haber sido el caso de Juan de Cañete.
Un argumento a favor de esa tesis es que el
heredero designado para después del fallecimiento de María Moya es Alonso de Quero
Escabias, comendador de Almazán de la orden de San Juan y, en defecto suyo, de
Luis de Quero Escabias, su hermano y sus hijos y sucesores. Alonso era capitán
de infantería y se ilustró en la toma de la Mamora (1614). Su hermano es Luis Quero
de Escavias, llamado el Viejo para distinguirlo de su hijo y homónimo.
Esto no haría más que confirmar que Juan de Cañete y su hermana formaban parte
de la misma rama de los Escabias descendiente de Catalina de Escabias que iba a
multiplicar sus lazos con los Quero.
VI. CONCLUSION PROVISIONAL
Compaginar unos documentos tan diversos como
un testamento, un pleito de hidalguía y una Probanza es una tarea
complicada. Con todo, ha sido facilitada por la consideración, compartida por
los historiadores y genealogistas que los explotaron, de un origen común en la persona
del fundador, Pedro de Escavias. También ha ayudado la escasa descendencia inmediata
del alcaide y de Teresa de Contreras. Las tres líneas que proceden de su hijo y
de sus dos hijas dibujaban un esquema práctico evidente, tanto más eficaz
cuanto que los linajes, si se completan en ciertos momentos, no se mezclan
entre sí, sino con linajes ajenos, los Carvajal de Baeza para los descendientes
de Catalina y los Quero de la Vega para los de María.
El resultado conseguido es solo parcial y las
conclusiones que se pueden sacar solo provisionales. Falta mucha información
para pretender escribir una historia del linaje Escavias. Sin embargo, la
visión que personalmente tenía de ese tema se ha enriquecido notablemente. Para
mí, el destino del linaje culminaba con la figura de Pedro de Escavias y ya hacia
el final de su vida se percibían los síntomas de un decaimiento, con las
oposiciones que encontró después de la muerte del condestable Miguel Lucas
(1473) y los pleitos que se acumularon contra él a principios del reinado de Isabel
y Fernando. Si supo mantener una posición eminente en Andújar, esta me parecía más
simbólica que concreta, como ocurrió en la entrada solemne de los Reyes Católicos
en la ciudad (1484 y 1486).
Sigo pensando que la descendencia de Francisco
no estuvo a la altura de las esperanzas que pudieron concebir el alcaide y su
esposa. Lo que no sospechaba es que la mantenencia y difusión del apellido o renombre
de Escabias no sería exclusiva de la línea de varones, sino que podría hacerse
por medio de las uniones matrimoniales de la descendencia femenina. Se podía
sospechar que los descendientes de Catalina se beneficiarían del prestigio
debido a los Lucas, – más a Miguel Lucas que a su primo Hernán -, y
que podría rivalizar con el de Carvajal, aunque no en su patria chica de
Andújar sino en la de Baeza donde se lucían los Carvajales.
No parecía que eso fuera posible para los
hijos de María. El apellido Mexía era ciertamente honrado pero el yerno del
alcaide era un segundón que no podía pretender heredar el título de su padre.
La muerte prematura de la pareja colocó además a sus hijos en una situación
económica difícil, que no favorecería uniones ventajosas y condenó de hecho al
celibato y a la vida conventual a cuatro de las seis niñas. El destino de los
descendientes del único hijo varón de María, Francisco, fue poco lucido o debió
hacerse bajo el apellido Mexía, como lo designa su abuelo en su testamento,
reservando el de Francisco de Escavias a su hijo.
Ante ese panorama, la suerte que correspondió
a Catalina, y en menor medida a su hermana Teresa, tiene algo de milagroso. Con
la unión de Catalina con Juan de Quero Turrillo se materializan dos ambiciones:
por parte de los Quero, la de integrarse en la capa de la nobleza andujareña de
más alcurnia; para los Escavias, la de dotarse de una vitalidad nueva. Este
deseo se traduce simbólicamente por una prole numerosa, en la que no faltan
caballeros que se ilustraron en las guerras del reinado de Felipe II. La
reunión de los dos linajes conoce otro clímax, tres generaciones más adelante
con otra Catalina, cuyo matrimonio con su primo Alonso de Quero, pensado para
compensar el defecto de femenina titularidad en la cabeza del señorío, era de
puro compromiso, a juzgar por su poca duración y por el segundo matrimonio,
mucho más fecundo, de Catalina. Otro síntoma de la importancia de esa Catalina
en la política del linaje es la concentración de los vínculos que recibe tanto
de parte de su padre como de su madre, Elvira Jurado Gámez. Catalina puede
considerarse como la iniciadora de la marcha hacia el futuro marquesado de la
Merced.
noviembre de 2025